Resolución 145/2025
La Resolución 145/2025 de la Contraloría General de la República extiende la aplicabilidad de la Metodología para la Rendición de Cuenta Administrativa a los Trabajadores. Esta resolución regula la prórroga de la aplicación de la Resolución 146 de 2024 y actualiza su vigencia.
- Se extiende por un año la aplicabilidad de la Resolución 146 de 2024, a partir de la entrada en vigor de esta Resolución.
- La Resolución 146 aprobó la 'Metodología para la rendición de cuenta administrativa a los trabajadores' el 24 de abril de 2024.
- El Grupo Temporal de Trabajo evaluará los resultados en julio de 2026 y procederá a su actualización.
- La Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
- La extensión se basa en la evaluación de los controles realizados en organizaciones y entidades.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 145/2025
POR CUANTO: La Ley 158 “De la Contraloría General de la República de Cuba y del Sistema de Control Superior de los Fondos Públicos y de la Gestión Administrativa”, de 13 de diciembre de 2022, en el
Artículo 15, inciso e), establece la función de la Contraloría Ge-neral de dictar las disposiciones normativas en materia de Sistema de Control Interno; con-tribuir al cumplimiento de la legalidad socialista, la participación ciudadana y la rendiciónde cuenta, y en el inciso w), la de elaborar y comunicar herramientas metodológicas quecontribuyan a implementar y generalizar buenas prácticas en el uso eficiente y el controlde los fondos públicos y la gestión administrativa, y evaluar su utilización e impacto.
POR CUANTO: La citada Ley 158 de 2022, en su
Artículo 34, inciso m), establece laatribución y obligación del Contralor General de la República de dictar las disposicionesnormativas que procedan, en correspondencia con la misión y funciones asignadas a la Contraloría General de la República.
POR CUANTO: En el Reglamento de la Ley 158 “De la Contraloría General de la Re-pública de Cuba y del Sistema de Control Superior de los Fondos Públicos y de la Gestión Administrativa”, de 13 de diciembre de 2022, dispuesto por el Decreto Presidencial 674, de 6 de septiembre de 2023, se regulan en el
Artículo 154, los deberes y obligaciones de la máximaautoridad de cada organización y entidad respecto al Sistema de Control Interno, y en el inci-so g), implementar procedimientos para la rendición de cuenta de los cuadros y funcionariosante sus niveles de dirección superior y los trabajadores, en el interés de evaluar su gestión
administrativa, la observancia de valores éticos y morales y el marco legal establecido,compromiso personal y sentido de pertenencia a su entidad.
POR CUANTO: La Resolución 60 por la que se aprueban las normas del Sistema de Control Interno, de primero de marzo de 2011, dictada por quien resuelve, establece comouna de las normas del componente Información y Comunicación, la rendición de cuenta.
POR CUANTO: El 24 de abril de 2024 se dictó por la Contralora General de la Re-pública, la Resolución 146 por la que se aprueba la “Metodología para la rendición decuenta administrativa a los trabajadores”, esta, según se establece en el apartado Tercero de lacitada resolución, tiene un carácter experimental por el período de un año, y en mayo de 2025,el Grupo Temporal de Trabajo debía evaluar los resultados de su aplicación y proceder a suactualización.
POR CUANTO: Los controles realizados en organizaciones y entidades responsables dela implementación y cumplimiento de la mencionada Resolución 146, de 2024, evidencian lanecesaria extensión de su aplicabilidad, para la evaluación de los resultados durante un períodode tiempo mayor y su actualización en correspondencia con los resultados obtenidos.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me ha sido conferida, por el
Artículo 34,inciso m) de la citada Ley 158,
RESUELVO
PRIMERO: Extender por el período de un año, a partir de la entrada en vigor de esta Resolución, la aplicabilidad de la Resolución 146, que aprueba la “Metodología para la ren-dición de cuenta administrativa a los trabajadores”, de 24 de abril de 2024, dictada por la Con-tralora General de la República.
SEGUNDO: En julio de 2026, el Grupo Temporal de Trabajo evalúa los resultados desu aplicación y procede a su actualización, en correspondencia con la valoración realizadasobre su efectividad y las recomendaciones realizadas.
TERCERO: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este órgano.
DADA en La Habana, a los 9 días del mes de junio de 2025.
Mirian Marban González
Contralora General de la República