Resolución 146/2025
La Resolución 146/2025 del Ministerio de Finanzas y Precios elimina la tasa sanitaria por servicios de Control Sanitario Internacional. Esta norma emana del Ministerio de Finanzas y Precios y modifica una resolución previa.
- Deja sin efecto la tasa sanitaria por servicios de Control Sanitario Internacional en aeropuertos, puertos y marinas internacionales.
- Deroga la Resolución 293 de 2020, emitida por la ministra de Finanzas y Precios.
- La Resolución surte efecto a partir del 1ro. de mayo de 2025.
- Se elimina el pago para personas que arriben al territorio nacional por estos servicios.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 146/2025
POR CUANTO: El Decreto 24 “Facultades para la aprobación de Precios y Tarifas”, de 25 de noviembre de 2020, establece la nomenclatura de productos y servicios, cuyos precios y ta-rifas en pesos cubanos se fijan y modifican por el Consejo de Ministros y faculta al ministro de Finanzas y Precios o en quien este delegue, a aprobar y modificar los precios y tarifas delos productos y servicios que no están relacionados en su Anexo Único.
POR CUANTO: La Resolución 293, dictada por la ministra de Finanzas y Precios, de 13 de noviembre de 2020, establece una tasa sanitaria por los servicios de Control Sanitario Internacional que realizan las autoridades de Salud Pública en los aeropuertos, puertos y marinas internacionales a las personas que arriben al territorio nacional.
POR CUANTO: Resulta necesario dejar sin efecto la referida tasa, teniendo en cuentael cambio de las condiciones que propiciaron su aprobación; lo que conlleva a derogar dicha Resolución 293 de 2020.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el
Artículo 145,inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOÚNICO: Dejar sin efecto la tasa sanitaria por los servicios de Control Sanitario Internacional que realizan las autoridades de Salud Pública en los aeropuertos, puertos y marinas internacionales a las personas que arriben al territorio nacional.
DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: Derogar la Resolución 293, dictada por la ministra de Finanzas y Precios, de 13 de noviembre de 2020.
SEGUNDA: La presente Resolución surte efecto a partir del 1 ro. de mayo de 2025.
PUBLÍQUESE la presente Resolución en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 30 días del mes de abril de 2025.Vladimir Regueiro Ale Ministro