Resolución 147

Renovación de Licencia para la Empresa Provincial de Mantenimiento y Construcción de Matanzas

Organismo
Ministerio de la Construcción
Fecha emisión
2015-03-09
Publicada en
Gaceta No. 16 Ordinaria de 2015 (2015-04-27)
Páginas
22–23
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución No. 147 del Ministerio de la Construcción regula la renovación de la licencia para la Empresa Provincial de Mantenimiento y Construcción de Matanzas. Esta resolución, emitida por el Ministro de la Construcción, autoriza la renovación de la licencia para que la empresa pueda ejercer como constructor, proyectista y consultor.

Texto íntegro

Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

POR CUANTO: La Empresa Provincial de Mantenimiento y Construcción de Matanzas, del Órgano Provincial del Poder Popular en la propia provincia, ha solicitado la Renovación de la Licencia No. 166/00, vigente hasta el 14 de abril de 2015, la que fue anteriormente renovada mediante la Resolución Ministerial No. 273 de 2 de septiembre de 2013, para continuar ejerciendo como Constructor y su Ampliación para ejercer además como Proyectista y Consultor.

POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencia presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Provincial de Mantenimiento y Construcción de Matanzas, del Órgano Provincial del Poder Popular en la propia provincia.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República,

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa Provincial de Mantenimiento y Construcción de Matanzas, del Órgano Provincial del Poder Popular en la propia provincia, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, así como su Ampliación para ejercer además como Proyectista y Consultor.

SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución y su Ampliación, la Empresa Provincial de Mantenimiento y Construcción de Matanzas, podrá para ejercer como Constructor, Proyectista y Consultor autorizada para la realización de los siguientes servicios:Alcance de los servicios autorizados: 1. Servicios de Constructor:a) Construcción civil y montaje de obras nuevas.1.1. Tipos de Objetivos:a) Obras Medianas y Pequeñas de Arquitectura. b) Viviendas hasta tres niveles.2. Servicios de Constructor:a) Demolición, desmontaje, remodelación, restauración, reconstrucción, rehabilitación, reparación y mantenimiento constructivo de edificaciones, instalaciones y otros objetivos existentes.

27 de abril de 2015 GACETA OFICIAL 525 b) Trabajos de decoración de los objetivos autorizados. c) Construcción de áreas verdes, paisajismo, mantenimiento y exposiciones de jardinería y carpintería vinculados al proceso constructivo. d) Servicios integrales de impermeabilización, tratamiento superficial y recubrimiento químico.e) Servicios de preparación técnica de obras.2.1.Tipos de Objetivos:a) Todo tipo de Obras Medianas y Pequeñas.3. Servicios Técnicos:a) Servicios técnicos de proyectos e ingeniería de nuevas inversiones o ampliaciones de viviendas, reparación y mantenimiento de objetivos o instalaciones existentes.3.1. Tipos de Objetivos:a) Obras Medianas y Pequeñas de Arquitectura. b) Viviendas hasta tres niveles en altura.4. Servicios Técnicos:a) Servicios técnicos de proyectos de reparación y rehabilitación de edificaciones. b) Servicios de diseño de interiores. c) Servicios de consultoría, supervisión técnica y organización de inversiones.4.1. Tipos de Objetivos:a) Todo tipo de Obras Medianas y Pequeñas. b) Viviendas hasta cualquier nivel en altura.

TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, así como su Ampliación se expedirán por un término de dieciocho (18) meses, a partir del vencimiento de la vigencia de la Licencia anteriormente otorgada como Constructor.

CUARTO: Esta Entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestión de la Calidad por las Normas ISO – 9000 vigentes.

QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto. NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los viceministros del Ministerio de la Construcción, y al Director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 9 días del mes de marzo de 2015.René Mesa Villafaña Ministro de la Construcción________________RESOLUCIÓN No. 144/2015

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administrador de proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el Ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la