Resolución 148
La Resolución 148/2022 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente regula el uso de la Norma ST.26 para solicitudes de patentes de invención que incluyan secuencias de nucleótidos o aminoácidos. Esta norma es emitida por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
- Establece el uso obligatorio de la Norma ST.26 para solicitudes de patentes de invención con secuencias de nucleótidos o aminoácidos.
- La Norma ST.26 entró en vigor el 1ro. de julio de 2022, según la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
- Se deroga la Resolución 50/2004, que establecía el uso de la Norma ST.25.
- Las solicitudes internacionales presentadas antes de la entrada en vigor se tramitan conforme a la legislación vigente en el momento de su presentación.
- La Resolución surte efectos legales a partir del 1ro. de julio de 2022.
Texto íntegro
GOC-2022-689-EX42 RESOLUCIÓN 148/2022
POR CUANTO: El Decreto-Ley 67, de 19 de abril de 1983, “De la Organización de la Administración Central del Estado”, en su
Artículo 33 establece que los jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado son sustituidos temporalmente, cuando fuere necesario, por los Viceministros Primeros.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 50, de 30 de abril de 2004, del Titular de este Ministerio, se estableció el uso obligatorio de la Norma ST.25 de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, para las solicitudes de invenciones que incluyan secuencias de nucleótidos o aminoácidos.
POR CUANTO: El Tratado de Cooperación en Materia de Patentes, entró en vigor en la República de Cuba el 16 de julio de 1996; las Instrucciones Administrativas de este Tratado establecen el uso de la Norma ST.26 a toda divulgación de secuencias de nucleó-tidos y aminoácidos que figure en una solicitud internacional; la Organización Mundialde la Propiedad Intelectual, que administra el referido tratado, aprobó la fecha de transición generalizada de la Norma ST.25 a la Norma ST.26, el 1 ro. de julio de 2022, a escala nacional, regional e internacional, mientras tanto se debe seguir usando la Norma ST.25, por lo que es procedente emitir la presente disposición.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me ha sido conferida en el inciso d) del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOÚNICO: Establecer el uso obligatorio de la Norma ST.26 de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, para las solicitudes de patentes de invención que incluyan secuencias de nucleótidos o aminoácidos.
998 GACETA OFICIAL 27 de j u nio de 2022
DISPOSICIÓN TRANSITORIAÚNICA: Las solicitudes internacionales presentadas antes de la entrada en vigor de la presente Resolución se tramitan conforme a la legislación vigente en el momento de su presentación.
DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: La presente Resolución surte efectos legales a partir del 1 ro. de julio de 2022.
SEGUNDA: Dejar sin efectos la Resolución 50, de 30 de abril de 2004, del Titular de este Ministerio.NOTIFÍQUESE a la Directora General de la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en el Protocolo de Disposiciones Jurídicas de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
DADA en La Habana, a los 23 días del mes de junio de 2022.José Fidel Santana Núñez Ministro p.s.r