Resolución 15
Esta resolución regula el sistema de trabajo de cuadros en el Ministerio de la Informática y las Comunicaciones. Fue emitida por el Ministerio de la Informática y las Comunicaciones.
- Se basa en leyes y decretos previos como la Ley No. 176/97 y el Decreto-Ley No. 196/99.
- Deroga la Resolución No. 27 de 1999 y otras disposiciones disciplinarias anteriores.
- El reglamento entrará en vigor 15 días después de su publicación en la Gaceta Oficial.
- Se comunica a entidades del Ministerio, organismos estatales y al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Texto íntegro
Ley No. 176/97, de fecha 15 de agosto de 1997, “Sistema de Justicia Laboral”; Decreto-Ley No. 196/99, de fecha 15 de octubre de 1999 “Sistema de Trabajo con los Cuadros del Estado y del Gobierno”; Decreto-Ley No. 197/99, de fecha 15 de octubre de 1999, “Sobre las relaciones laborales del personal designado para ocupar cargos de dirigentes y de funcionarios” y el Decreto-Ley No. 236, de fecha 7 de octubre de 2004, Modificativo de los Decretos-Leyes Nos. 196 y 197; así como las Resoluciones Nos. 100/04 y 140/04 ambas de este Ministerio de fecha 9 de septiembre y 1 ro. de diciembre del año 2004 respectivamente; la primera, “Reglamento del Sistema de Trabajo de Cuadros en el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente” y la segunda, el “Reglamento del Sistema de relaciones laborales con los dirigentes y funcionarios” de este Ministerio.
CUARTA: Se deroga la Resolución No. 27 de fecha 12 de marzo de 1999, “Reglamento disciplinario de la actividad de investigación científica y tecnológica, servicios científico-técnicos y producciones vinculadas a la ciencia” y todas aquellas disposiciones reglamentarias en materia de disciplina laboral que hayan sido dictadas con anterioridad para esta actividad, en cuanto se opongan a lo que en el presente Reglamento se dispone.
QUINTA: Este Reglamento entra en vigor a partir de los quince días posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
Comuníquese a todas las entidades y dependencias que integran el Sistema de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y a todos los organismos de la Administración Central del Estado, órganos y organismos estatales a quienes se subordinen centros, institutos entidades, unidades y áreas dedicadas a la actividad de investigación científica y tecnológica, servicios científico-técnicos y producciones vinculadas a la ciencia, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y por su intermedio a los Organos de Justicia Laboral de Base, al Tribunal Supremo Popular y por su intermedio a los Tribunales Municipales y Provinciales, al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Ciencia y a cuantas otras personas naturales y jurídicas corresponda conocer lo dispuesto.
Archívese en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
DADA en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la ciudad de La Habana a los 24 días del mes de febrero de 2006.
Dr. Fernando Mario González Bermúdez
Ministro p.s.r. de Ciencia, Tecnología
y Medio Ambiente
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