Resolución 15/2017
La Resolución No. 15/2017 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la renovación de la licencia de sucursal de la compañía británica HAVANA HOLDINGS LIMITED. La norma establece los términos y condiciones para la renovación de dicha licencia ante el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- Se autoriza la renovación de la licencia de sucursal de HAVANA HOLDINGS LIMITED ante el Registro Nacional.
- El objeto de la sucursal será realizar actividades relacionadas con mercancías específicas (capítulos 4, 9, 16, 22 y 97).
- La licencia no autoriza importar y exportar comercialmente, realizar comercio mayorista y minorista, ni distribuir y transportar mercancías.
- La Encargada del Registro Nacional es responsable del cumplimiento de la Resolución.
- Se exceptúan servicios de posventa y garantía expresamente acordados en contratos de comercio exterior.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 15/2017
POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece elprocedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelaciónde licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve elexpediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de la licencia de la sucursalpresentada por la compañía de Reino Unido HAVANA HOLDINGS LIMITED y, del análisisefectuado, se ha considerado procedente acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4,del apartado Tercero, del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptadopor el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía de Reino Unido HAVANA HOLDINGS LIMITED ante el Registro Nacional de Sucursalesy Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio dela República de Cuba.
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía de Reino Unido HAVANAHOLDINGS LIMITED en Cuba, a partir de su renovación en el Registro Nacionalde Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, será la realización deactividades relacionadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:
- a)Importar y exportar directamente con carácter comercial;
- b)realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, exceptolos servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos queamparan las operaciones de comercio exterior;
- c)distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en lapresente Resolución.
COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Ministeriodel Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacionalde Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, al Director General del Grupo Empresarial del Comercio Exterior, GECOMEX, a la Ministra de Finanzas y Precios, al Presidente del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente de la compañía ACOREC,S.A., al Director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, a la Presidenta de la compañíaETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otrasentidades nacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losveinte días del mes de enero de dos mil diecisiete.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro del Comercio Exterior
y la Inversión Extranjera
ANEXO No. 1
NOMENCLATURA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS A REALIZAR
ACTIVIDADES COMERCIALES AHAVANA HOLDINGS LIMITED
| Descripción | | - | | Capítulo 4 Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestiblesde origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte | | Capítulo 9 Café, té, yerba mate y especias | | Capítulo 16 Preparación de carne, pescado o crustáceos, moluscos y demás invertebradosacuáticos | | Capítulo 22 Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre | | Capítulo 97 Objetos de arte o colección y antigüedades |