Resolución 15/2019

Tarifas del servicio de telecomunicaciones internacionales para personas jurídicas

Organismo
Ministerio de Comunicaciones
Fecha emisión
2019-01-28
Publicada en
Gaceta No. 11 Ordinaria de 2019 (2019-02-07)
Páginas
16–18
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La Resolución No. 15/2019 del Ministerio de Comunicaciones regula las tarifas del servicio de telecomunicaciones internacionales para personas jurídicas en Cuba. La norma establece las tarifas para servicios como llamadas de larga distancia internacional, mensajería corta (SMS) y itinerancia internacional.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 15/2019 Por CUAnto: El Decreto No. 321, “Concesión administrativa a la Empresa de Te-lecomunicaciones de Cuba, S.A. para la prestación de servicios públicos de telecomu-nicaciones”, de 4 de diciembre de 2013, en su artículo 23 dispone que las tarifas de los servicios de telecomunicaciones internacionales y de itinerancia son aprobadas por el ministro de Comunicaciones, y en su artículo 26 establece que las tarifas máximas de los servicios concesionados prestados por la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, S.A. a personas naturales y jurídicas no mencionadas en los artículos 20 al 25 del mencionado decreto, son aprobadas por el ministro de Comunicaciones, y las que disminuyan con respecto a estas son aprobadas por el presidente ejecutivo de esta.

POR CUANTO: Por la Resolución No. 30, de 12 de febrero de 2015, del que suscribe, se aprueban, en el apartado segundo, las tarifas que aparecen en su Anexo No. 7 apli-cables a las personas jurídicas, relacionadas con el servicio telefónico de larga distancia internacional, de mensajería y de itinerancia (roaming) internacional, las que el presidente ejecutivo de la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, S.A. (ETECSA) solicita modifi-car, por lo que resulta necesario derogar el apartado segundo y, en consecuencia, el Anexo No. 7 de la mencionada Resolución No. 30.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas en el inciso a), del artículo 100, de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :PRIMERO: Aprobar para las personas jurídicas las tarifas del servicio de telecomunicacio-nes internacionales que aparecen en el Anexo No. I, que forma parte de la presente Resolución.

SEGUNDO: Derogar el apartado segundo y el Anexo No. 7 de la Resolución No. 30, de 12 de febrero de 2015, del ministro de Comunicaciones.

447 GACETA OFICIAL7 de febrero de 2019 NOTIFÍQUESE al presidente ejecutivo de la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, S.A.Com UnÍQUe Se a los viceministros y a los directores generales, todos del Ministerio de Comunicaciones.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.

DADA en La Habana, a los 28 días del mes de enero de 2019.Jorge Luis Perdomo Di-Lella Ministro de Comunicaciones Ane Xo no. iTARIFAS APLICABLES AL SERVICIO DE TELECOmUNICACIONES INTERNACIONALES, PRESTADO A PERSONAS JURÍDICAS1. Tarifas en pesos convertibles (CUC), correspondientes a las llamadas de larga dis-tancia internacional automática.Zonas tarifarias (24 horas) Um Tarifa (CUC)América del Norte Min. 1,50 América Central y Caribe Min. 1,50 América del Sur Min. 1,50 Resto del mundo Min. 1,50 a) A las llamadas de larga distancia internacional (automática) se les adiciona cinco (5) centavos, equivalentes al pulso por el establecimiento de la comunicación; b) la tasación para los minutos de larga distancia internacional (automática) es por el tiempo a intervalos de diez (10) segundos, con aproximación por exceso. 2. Tarifas en pesos convertibles (CUC), correspondientes a las llamadas de larga distan-cia internacional por operadora.Llamadas de Larga Distancia Internacional por operadora a: Um Tarifa (CUC)América del Norte Min. 2,25 América Central y Caribe América del Sur Resto del mundo Tanto para los clientes atendidos por centros analógicos como por centros digitales, las llamadas por operadora tienen una duración mínima de tres (3) minutos, y pasados estos, se comienza a cobrar el minuto adicional; si se realiza de persona a persona se le cobra un minuto adicional. 3. Tarifas en pesos convertibles (CUC), aplicables a las llamadas telefónicas interna-cionales originadas en Cuba desde la red de telefonía móvil celular terrestre.Zonas tarifarias (24 horas) Um Tarifa (CUC)América del Norte Min. 1,50 América Central y Caribe Min. 1,50 América del Sur Min. 1,50 Resto del mundo Min. 1,50 4. Tarifas en pesos convertibles (CUC) aplicables a las llamadas telefónicas interna-cionales originadas en Cuba hacia la red móvil satelital inmarsat.

448 GACETA OFICIAL 7 de febrero de 2019 Zonas tarifarias (24 horas) Numeración Um Tarifa (CUC) Destinoinm ArSAt i 8703 Min 3,00 Inmarsat B 8706 Inmarsat M: Inmarsat Snac-M 8705 Inmarsat Aero 87076 Inmarsat Snac-MiniM; In-marsat-MINI M GAN SWIFT SWEET VOICE 87077 Inmarsat BGan; Inmarsat Snac-Bgan-Bgan 87078 Inmarsat BGAN HSD; Inmar-sat Snac-Bgan Hsd- Bgan Hsd INMARSAT ll 87039 Min 7,00 Inmarsat B HSD 87060 Inmarsat Snac-M4 Hsd: Inmarsat M4: Inmarsat-GAN FLEET HSD SWIFT 64 8816 Iridium S 8817 Iridium P 5. Tarifas en pesos convertibles (CUC), correspondientes al servicio de mensajería corta (SmS) internacional, para el envío de mensajes de teléfono a teléfono a través de la red de telefonía celular.Tarifas del Servicio de mensajería Corta Celular (SmS) Tipos de servicios Tarifa en pesos convertibles (CUC)Envío de SMS internacional (enviado desde Cuba) 0,60 Recepción de SMS internacional 0,00 6. Tarifas en pesos convertibles (CUC), correspondientes al servicio de itinerancia internacional (roaming) a aplicar a los usuarios del servicio de telefonía móvil ce-lular terrestre cuando se encuentren fuera del territorio nacional, en la red de otro operador.Regiones geográficas Tarifas aplicables al servicio de itinerancia (roaming) que se presta a usuarios nacionales cuando realicen o reciban llamadas encontrándose en otro país (CUC por minuto) Tarifas aplicables por cada mensaje (SmS) originado por los usuarios de itinerancia (roaming) de ETECSA, cuando se encuentran en la red de otro operador Llamadas realizadas dentro de las fronteras del país Llamadas realizadas a países distintos al que se encuentren Llamadas recibidas de cualquier otro país Canadá 0,80 2,25 1,60 1,00 CUC por cada mensaje (SMS) Estados Unidos 0,80 2,90 1,85 México, América Central y el Caribe 0,85 2,50 1,60 América del Sur 0,90 2,75 1,60 Resto del mundo 1,25 3,25 1,80