Resolución 15

Extinguir permiso de reconocimiento a Empresa Geominera Isla de la Juventud

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2020-02-21
Publicada en
Gaceta No. 18 Ordinaria de 2020 (2020-03-09)
Páginas
51
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La Resolución No. 15 del Ministerio de Energía y Minas extingue el permiso de reconocimiento otorgado a la Empresa Geominera Isla de la Juventud en el área denominada La Isabel. Esta decisión se basa en la Ley 76 de 1994, 'Ley de Minas', y su reglamento, el Decreto 222 de 1997.

Texto íntegro

GOC-2020-196-O18 RESOLUCIÓN 15

POR CUANTO: De conformidad con la disposición final segunda, de la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: Ha vencido el término de un (1) año otorgado por la Resolución 3, de 23 de enero de 2019, a la Empresa Geominera Isla de la Juventud, para un permiso de reconocimiento en el área denominada La Isabel, ubicada al suroeste del poblado La Isabel del municipio especial Isla de la Juventud, con el objetivo de estimar recursos en la categoría de indicados en áreas perspectivas; ampliada su área por la Resolución 101, de 21 de agosto de 2019, ambas, del Ministro de Energía y Minas; incurriéndose en la causal de extinción de los permisos de reconocimiento establecida en el Decreto 222, “Reglamento de la Ley de Minas”, de 16 de septiembre de 1997, en su capítulo II, sección tercera, artículo 34, inciso a).

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Extinguir el permiso de reconocimiento otorgado por la Resolución 3, de 23 de enero de 2019, del Ministro de Energía y Minas a la Empresa Geominera Isla de la Juventud en el área denominada La Isabel, ubicada al suroeste del poblado La Isabel del municipio especial Isla de la Juventud.

SEGUNDO: Derogar la Resolución 3, de 23 de enero de 2019 y la Resolución 101, de 21 de agosto de 2019, ambas, del Ministro de Energía y Minas.

TERCERO: Declarar franca el área que abarca el permiso de reconocimiento, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

CUARTO: La Empresa Geominera Isla de la Juventud está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgado dicho permiso, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente en general y espe-cíficamente, con la rehabilitación del área; así como indemnizar los daños, o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas. NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa Geominera Isla de la Juventud.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 21 días del mes de febrero de 2020, “Año 62 de la Revolución”.Nicolás Liván Arronte Cruz Ministro