Resolución 139

Extinción del permiso de reconocimiento a la Empresa Geominera de Pinar del Río

Organismo
Ministerio de la Industria Básica
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 34 Ordinaria de 2003 (2003-08-18)
Páginas
7–8
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La Resolución No. 139 del Ministerio de la Industria Básica regula la extinción del permiso de reconocimiento otorgado a la Empresa Geominera de Pinar del Río. Esta resolución se emite en virtud de la Ley 76 de Minas, que establece la política minera en Cuba.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 139

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POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministro de la Industria Básica disponer la extinción de los permisos de reconocimiento otorgados.

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POR CUANTO: Ha vencido el término para el que fue concedido el permiso de reconocimiento a la Empresa Geominera de Pinar del Río, mediante la Resolución 15 de fecha 23 de enero de 2002, del que resuelve, sobre el área denominada Arena Guane Sandino, obteniendo el permisionario los derechos de explotación en parte del área.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.

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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Disponer la extinción del permiso de reconocimiento otorgado mediante Resolución No. 15 de fecha 23 de enero de 2002, del que resuelve, a la Empresa Geominera de Pinar del Río, para la realización de trabajos preliminares en el área denominada Arena Guane Sandino.

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SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaban las coordenadas, descritas a continuación, que no han concesionado, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

Sector Palometa – Catalina:

| VERTICE | NORTE | ESTE | | - | - | - | | 1 | 259 200 | 184 500 | | 2 | 259 300 | 184 850 | | 3 | 258 075 | 185 150 | | 4 | 258 000 | 185 220 | | 5 | 258 014 | 184 990 | | 6 | 257 700 | 184 990 | | 7 | 257 880 | 184 800 | | 1 | 259 200 | 184 500 |

Sector Cortés:

| VERTICE | NORTE | ESTE | | - | - | - | | 1 | 252 200 | 186 650 | | 2 | 252 200 | 187 500 | | 3 | 251 475 | 187 500 | | 4 | 251 425 | 186 650 | | 1 | 252 200 | 186 650 |

Sector Guane:

| VERTICE | NORTE | ESTE | | - | - | - | | 1 | 267 800 | 183 000 | | 2 | 267 800 | 183 800 | | 3 | 267 250 | 183 800 | | 4 | 267 250 | 183 000 | | 1 | 267 800 | 183 000 |

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TERCERO: Se deroga la Resolución No. 15 de fecha 23 de enero de 2002, del que resuelve, que otorgó el permiso de reconocimiento a la Empresa Geominera de Pinar del Río, para la realización de trabajos preliminares en el área denominada Arena Guane Sandino.

NOTIFIQUESE a la Oficina Nacional de Recursos Minerales y a la Empresa Geominera de Pinar del Río.

COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

Dada en Ciudad de La Habana, a los 19 días del mes de mayo del 2003.

Marcos Portal León

Ministro de la Industria Básica

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