Resolución 154
La Resolución 154 regula la autorización de inscripción de la Oficina Alemana de Promoción del Comercio y las Inversiones en Cuba como oficina de representación en Cuba. La emite el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
- Se autoriza la inscripción de la Oficina Alemana de Promoción del Comercio y las Inversiones en Cuba en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- El giro comercial es contribuir al desarrollo del comercio exterior y las inversiones, y promover actividades económicas entre Alemania y Cuba.
- La licencia no autoriza a importar y exportar comercialmente, realizar comercio mayorista y minorista, emitir facturas comerciales, ni distribuir y transportar mercancías.
- Se concede un plazo de 90 días para formalizar la inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- Se deroga la Resolución 181 de 14 de julio de 2016.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 154 de 2024
POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de representacionescomerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece las regulaciones ge-nerales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierre de las oficinas derepresentación, sucursales y los contratos de agencia y de representación en la Repúblicade Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 181 de esta propia autoridad, de 14 de juliode 2016, se autorizó a la Confederación Alemana de Cámaras e Industrias el estableci-miento en el territorio nacional de una oficina de representación, la cual se denomina,a efectos legales, OFICINA ALEMANA DE PROMOCIÓN DEL COMERCIO Y LASINVERSIONES EN CUBA.
POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado, en virtudde la solicitud de inscripción como oficina de representación de la OFICINA ALEMANA DEPROMOCIÓN DEL COMERCIO Y LAS INVERSIONES EN CUBA y, del análisis efectua-do, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la inscripción, como oficina de representación, de la OFICINAALEMANA DE PROMOCIÓN DEL COMERCIO Y LAS INVERSIONES EN CUBA enel Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El giro comercial de la OFICINA ALEMANA DE PROMOCIÓN DEL CO-MERCIO Y LAS INVERSIONES EN CUBA, a partir de su inscripción, es contribuir al de-sarrollo del comercio exterior de bienes y servicios y de las inversiones, así como promover larealización de actividades económicas mutuamente ventajosas entre Alemania y Cuba.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autoriza larealización de las actividades siguientes:
- a)Importar y exportar directamente con carácter comercial;
- b)realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, exceptolos servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos queamparan las operaciones de comercio internacional;
- c)emitir facturas comerciales; ni
- d)distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extran-jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigorde la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el de-sistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, elencargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá alarchivo del expediente incoado.
SEXTO: Derogar la Resolución 181 de esta propia autoridad, de 14 de julio de 2016.
NOTIFÍQUESE al encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.
COMUNÍQUESE al presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Co-merciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
DESE CUENTA al jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losveinticuatro días del mes de julio de dos mil veinticuatro, “Año 66 de la Revolución”.
Oscar Pérez-Oliva Fraga
Ministro