Resolución 160
La Resolución No. 160 del Ministerio de la Industria Básica regula la extinción de derechos mineros otorgados a la Unidad Presupuestada Inversionista de la Vivienda de Pinar del Río. La Ministra de la Industria Básica, Yadira García Vera, emite esta resolución en virtud de la Ley 76 de Minas.
- Se extingue la concesión minera de explotación otorgada a la Unidad Presupuestada Inversionista de la Vivienda de Pinar del Río en el área Préstamo La Molina.
- El terreno queda franco para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- El concesionario debe cumplir obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales.
- Se deroga la Resolución No. 315 de 19 de noviembre de 2003, que otorgó la concesión minera.
- La resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 160
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POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.
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POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado mediante la Resolución No. 315 de 19 de noviembre de 2003, del Ministro de la Industria Básica, a la Unidad Presupuestada Inversionista de la Vivienda de Pinar del Río, para la explotación del mineral de arcilla en el área denominada Préstamo La Molina.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de octubre de 2004 fue designada la que resuelve Ministra de la Industria Básica.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Disponer la extinción de los derechos mineros de explotación otorgados mediante la Resolución No. 315 de 19 de noviembre de 2003, del Ministro de la Industria Básica, a la Unidad Presupuestada Inversionista de la Vivienda de Pinar del Río, en el área denominada Préstamo La Molina, para explotar el mineral de arcilla con el fin de utilizarlo como levante y relleno para la construcción de viviendas.
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SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba el área de la concesión de explotación, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
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TERCERO: El concesionario está obligado a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgados los derechos de
- explotación si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
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CUARTO: Se deroga la Resolución No. 315 de 19 de noviembre de 2003, del Ministro de la Industria Básica, mediante la cual se otorgó la concesión minera de explotación a la Unidad Presupuestada Inversionista de la Vivienda de Pinar del Río, en el área denominada Préstamo La Molina.
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QUINTO: La presente Resolución entrará en vigor y surtirá plenos efectos legales a partir del momento de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
NOTIFIQUESE a la Directora General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Unidad Presupuestada Inversionista de la Vivienda de Pinar del Río.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 10 días del mes de julio de 2006.
Yadira García Vera
Ministra de la Industria Básica
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