Resolución 157/2016
La Resolución No. 157/2016 del Ministerio de Energía y Minas regula los precios del gas licuado de petróleo (GLP) en Cuba. Establece los precios y tarifas de suministro de GLP a granel y embotellado para la Empresa Cubana de Gas S.A. La norma emana del Ministerio de Energía y Minas.
- Precios del GLP a granel: 0,3826 USD/L y embotellado: 0,8944 USD/Kg para el sector autofinanciado.
- Tarifa de suministro a granel para el sector no autofinanciado: 51,68 USD/TM.
- Tarifa de suministro embotellado para el sector no autofinanciado: 118,80 USD/TM.
- Vigentes desde el 1ro. de julio de 2016 hasta el 30 de septiembre de 2016.
- Deroga la Resolución No. 88/2016 que fijó precios para el trimestre abril-junio de 2016.
Texto íntegro
ENERGÍA Y MINAS
RESOLUCIÓN No. 157/2016
POR CUANTO: Mediante el Decreto-Ley No. 301, de fecha 9 de octubre de 2012, seextinguió el Ministerio de la Industria Básica y se creó el Ministerio de Energía y Minas,como organismo de la Administración Central del Estado encargado de proponer y, una vezaprobadas, dirigir y controlar las políticas del Estado y el Gobierno en los sectores energético,geológico y minero del país.
POR CUANTO: La Resolución No. 265, de fecha 6 de junio de 2014, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, faculta al que resuelve para formar, fijar y modificar losprecios del gas licuado de petróleo (GLP) y las Tarifas de servicios de suministro a granely embotellado de GLP, correspondientes a la subrama 07.04.00 Abastecimiento Técnico-Material, en este caso, para la Empresa Cubana de Gas S.A.
POR CUANTO: La Resolución No. 88, de fecha 24 de marzo de 2016, dictada por elque resuelve, fijó los precios correspondientes a la subrama 07.04.00 Abastecimiento Técnico-Material para la Empresa Cubana de Gas S.A. para el trimestre abril-junio de 2016, vigentes hasta el día 30 de junio de 2016; resulta necesario actualizar dichos preciosy, en consecuencia, derogar la Resolución No. 88/2016.
POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 100,inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Fijar con carácter oficial y de obligatorio cumplimiento en todo el territorionacional los precios que se relacionan en el Anexo Único, que forma parte integrante deesta Resolución, que comprende la lista de precios y las tarifas de servicio de suministrode GLP, a granel y embotellado, correspondientes a la subrama 07.04.00 Abastecimiento Técnico-Material para la Empresa Cubana de Gas S.A., los cuales se aprueban para eltrimestre julio-septiembre de 2016, vigentes hasta el día 30 de septiembre de 2016.
SEGUNDO: Derogar la Resolución No. 88, de fecha 24 de marzo de 2016, dictada porel que resuelve, en la que se fijan los precios correspondientes a la subrama 07.04.00 Abastecimiento Técnico-Material para la Empresa Cubana de Gas S.A. para el trimestreabril-junio de 2016, vigentes hasta el día 30 de junio de 2016.
TERCERO: Los precios fijados mediante la presente Resolución se aplican a partir del 1 ro. de julio de 2016.
COMUNÍQUESE a la Directora de Regulación y Control de este Ministerio, al Director General de la Unión Cuba-Petróleo y al Gerente General de la Empresa Cubana de Gas S.A.
DESE CUENTA a la Ministra de Finanzas y Precios.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 24 días del mes de junio de 2016.
Alfredo López Valdés
Ministro de Energía y Minas
ANEXO ÚNICO
07.04.00 ABASTECIMIENTO TÉCNICO - MATERIAL
PRECIOS AL CLIENTE FINAL DEL SECTOR AUTOFINANCIADO
| DESCRIPCIÓN | UM | PRECIO USD | | - | - | - | | GAS LICUADO DE PETRÓLEO A GRANEL | L | 0,3826 |
| GAS LICUADO DE PETRÓLEO EMBOTELLADO | KG | 0,8944 | | - | - | - |
Nota: Estos precios serán utilizados por la Empresa Cubana de Gas S.A.,vigentes hasta el 30 de septiembre de 2016.
| TARIFAS DE SERVICIO DE SUMINISTRO A GRANEL Y EMBOTELLADODE GAS LICUADO DE PETRÓLEO | | - | | AL SECTOR NO AUTOFINANCIADO |
| DESCRIPCIÓN | UM | PRECIO USD | | - | - | - | | SUMINISTRO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO: | | -A GRANEL | TM | 51,68 | | -EMBOTELLADO | TM | 118,80 |
Nota: Estos precios serán utilizados por la Empresa Cubana de Gas S.A.,vigentes hasta el 30 de septiembre de 2016.
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