Resolución 155/2023
La Resolución 155/2023 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente regula el signo oficial del Ministerio. Establece el diseño y los atributos del identificador institucional, que incluye las siglas 'Citma' en un acróstico con connotación positiva y coherente con la misión y visión del Ministerio.
- El signo oficial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (Citma) está compuesto por un acróstico con las siglas 'Citma' en un triángulo equilátero.
- El identificador tiene tres elementos gráficos que sugieren movimiento, continuidad, dinamismo, reciclaje, energía, unión y encadenamiento.
- Los colores institucionales son verde (flora, fauna y naturaleza), gris (tecnología y desarrollo) y azul (cielo, mar, ciencia e innovación).
- El uso del identificador puede ser en variante completa o simplificada, dependiendo de las dimensiones requeridas para un diseño determinado.
- El Manual de Identidad está publicado en la Nube CITMA y puede ser consultado en: http://nube.citma.gob.cu/index.php/s/F4TzNLNZSMxaePn.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 155/2023
POR CUANTO: El Decreto-Ley 67, de 19 de abril de 1983, “De la Organización dela Administración Central del Estado”, en su
Artículo 33 establece que los jefes de los or-ganismos de la Administración Central del Estado son sustituidos temporalmente, cuandofuere necesario, por los viceministros primeros.
POR CUANTO: El Acuerdo 8751 del Consejo de Ministros de 8 de enero de 2020,define las funciones y atribuciones específicas, así como la estructura del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y la Resolución 2, de igual fecha, del Primer Mi-
100
nistro de la República de Cuba, dicta su Reglamento Orgánico, por lo que atendiendo alos cambios estructurales que se han producido como resultado del perfeccionamiento deeste Ministerio, resulta necesaria la actualización del Manual de Funcionamiento, por loque es procedente emitir la presente.
POR CUANTO: El Decreto-Ley 203, de fecha 24 de diciembre de 1999, regula lo re-ferente a las Marcas y Otros Signos Distintivos, y en particular el
Artículo 16.1 inciso i)de dicho cuerpo normativo establece la prohibición de registro de una marca que incluyala imitación o reproducción, total o parcial de un signo oficial de una entidad pública na-cional, sin su autorización expresa.
POR CUANTO: Se ha decidido definir el diseño del signo oficial del organismo, queidentifique a la institución por las siglas con que es conocida por los públicos internos yexternos, resaltándolas en color más oscuro, lo que refuerza la imagen a comunicar y enconsecuencia, emitir la presente.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me ha sido conferida en el inciso d)del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Definir que el signo oficial o identificador del Ministerio de Ciencia,Tecnología y Medio Ambiente, en lo adelante Citma, tiene los atributos y rasgos dediseño de tal manera que, constituya un acróstico que identifique a la institución porlas siglas con que es conocida por los públicos internos y externos, el mismo tiene unaconnotación positiva y coherente con la misión y visión del Ministerio de Ciencia, Tec-nología y Medio Ambiente, para representarlo en nuestro archipiélago y a Cuba en lasesferas internacionales.
SEGUNDO: El presente identificador del Citma, tiene en su composición tres elemen-tos gráficos que ubicados uno a continuación del otro conforman un triángulo equiláteroque sugiere movimiento, continuidad, dinamismo, reciclaje, energía, unión y encadena-miento de un sistema, también se perciben terminaciones anchas en las letras lo cualsugiere un serif que proporciona estabilidad en la base de cada sigla, lo que indica laseguridad y persistencia del Ministerio.
TERCERO: En el identificador del Citma, además se observa el nombre Ministerio,encabezado por las siglas Citma, donde la letra (I) puede significar en el contexto actual,Innovación, por ser una de las actividades principales que demanda hoy nuestro gobiernoa todos los niveles para el desarrollo sustentable e independiente del país.
CUARTO: Los tres elementos que componen el identificador están represenados por lossiguientes colores: el verde, haciendo referencia a la flora, la fauna y a toda la naturalezaen general; el gris, asociado a la tecnología, el desarrollo de programas, equipamientos ysoftware, mientras el azul está vinculado al cielo y al mar, por lo que es un color que nostransmite la extensión de la ciencia por todo lo que ella abarca, la innovación como cons-tante en la búsqueda de soluciones, así como la investigación hacia lo desconocido.
QUINTO: Dentro de la identidad visual, el croma es sin dudas un elemento muy im-portante, deviniendo en un signo distintivo del Ministerio; de ahí que los cuatro tintes quese muestran constituyen los colores institucionales, por lo que no deben ser alterados;de igual forma el identificador puede ser utilizado en la variante completa o la simplifi-cada sin el genérico y su uso va a depender de las dimensiones que se requieran para un
101
diseño determinado, los fondos con cromas, texturas o estampados, los que deben estaren correspondencia con el Manual de Identidad, que se encuentra publicado en la NubeCITMA, al cual pueden acceder los interesados mediante el link: http://nube.citma.gob.cu/index.php/s/F4 TzNLNZSMxae Pn.
SEXTO: Este signo oficial de Identidad puede ser sometido a revisión y actualizaciónen el momento en que surja la necesidad de hacerlo, atendiendo a cambios organizativos,estructurales y legales que puedan surgir.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA: Se responsabiliza a la directora general de Organización, Control Infor-mación y Análisis de este Ministerio, de controlar el cumplimiento de lo dispuesto en esta Resolución.
SEGUNDA: Esta Resolución entra en vigor a partir de los tres días posteriores a sufirma.
NOTIFÍQUESE con entrega de copia, a la directora general de Organización, Control,Información y Análisis del Ministerio.
COMUNÍQUESE al viceministro primero, demás viceministros, directores generalesy directores y jefes de departamento del Órgano Central, a la directora general de la Ofi-cina Cubana de la Propiedad Industrial, los jefes de las entidades subordinadas, adscritasy atendidas en este Ministerio y por su intermedio a las entidades a ellos subordinados.
ARCHÍVESE el original en el Protocolo de Disposiciones Jurídicas de la Dirección Jurídica de este Ministerio.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 12 días del mes de diciembre del año 2023.
José Fidel Santana Núñez
Ministro p.s.r.