Resolución 155/2024
La Resolución 155/2024 del Ministerio de Finanzas y Precios regula el coeficiente multiplicador para la valuación de inmuebles en Cuba. Esta norma es emitida por el Ministro de Finanzas y Precios, Vladimir Regueiro Ale.
- Se aprueba un coeficiente multiplicador de 4.0 para la valuación de inmuebles de entidades y empresas cubanas.
- Se aprueba un coeficiente multiplicador de 6.0 para los inmuebles que se aportan en derecho de uso en los negocios con inversión extranjera.
- El incremento de los precios por los coeficientes multiplicadores aprobados es de uso general para las entidades autorizadas a realizar la actividad de valuación de activos.
- La Resolución entra en vigor a los quince días hábiles posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 155/2024
POR CUANTO: El Acuerdo 8301, de 26 de enero de 2018, modificado por el Acuerdo 9672,de 16 de agosto de 2023, ambos del Consejo de Ministros, establece entre las funcionesespecíficas de este Ministerio, la regulada en el apartado Primero, numeral 10, de dirigir y controlar la ejecución de las políticas sobre el control, valuación y uso del patrimonioestatal.
POR CUANTO: La Resolución 83, dictada por la ministra de Finanzas y Precios, de 12 de marzo de 2012, en los apartados Undécimo y Duodécimo, establece que las entidades y em-presas cubanas, tanto del sector estatal, cooperativo, mixto y privado, pueden ajustar sus activos fijos tangibles e intangibles y demás cuentas reales asociadas a estos, a partir de las certificaciones de los valores emitidos por este Ministerio; o de los valores expresados en los informes de avalúos efectuados por entidades autorizadas a brindar este servicio, según corresponde; y que se efectuará de acuerdo a lo establecido en las normas cubanasde Información Financiera.
POR CUANTO: La Resolución 170, dictada por quien suscribe, de 19 de julio de 2023, en el resuelvo Cuarto establece que la Dirección de Patrimonio del Estado actualiza anualmente los Indicadores Técnicos Económicos, considerando las propuestas de
modificaciones técnicamente fundamentadas, de las entidades valuadoras y los cambios que se producen en el “Sistema de Precios de Construcción y Montaje, para inversiones, reparaciones capitales y mantenimiento constructivo”, los que se quieren actualizar mediante un coeficiente multiplicador.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el
Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Aprobar un coeficiente multiplicador a los precios de los Indicadores Técnicos Económicos establecidos en la Resolución 170, dictada por quien resuelve, de 19 de julio de 2023; de 4.0 para la valuación de inmuebles de entidades y empresas cubanas y de 6.0 para los inmuebles que se aportan en derecho de uso en los negocios con inversión extranjera.
SEGUNDO: El incremento de los precios por los coeficientes multiplicadores aproba-dos es de uso general, para las entidades autorizadas a realizar la actividad de valuación de activos.
DISPOSICIÓN FINALÚNICA: La presente Resolución entra en vigor a los quince días hábiles posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 23 días del mes de mayo de 2024.Vladimir Regueiro Ale Ministro