Resolución 157/2011
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 157/2011
POR CUANTO: El Acuerdo No. 3736 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de fecha 18 de julio de 2000, en su Apartado Segundo, establece que el Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, es el organismo encargado de regular, dirigir, supervisar y controlar la política del Estado y el Gobierno en cuanto a las actividades de tecnologías informáticas, telecomunicaciones, redes de infocomunicaciones, servicios de valor agregado en infocomunicaciones, radiodifusión, espectro radioeléctrico, automatización, servicios postales y la industria electrónica.
POR CUANTO: La Resolución Ministerial No. 185 del 2 de noviembre de 2001 aprobó un conjunto de indicadores de los servicios que prestan las entidades autorizadas para brindar servicios públicos de valores agregados de telecomunicaciones de datos y de acceso a Internet, así como las entidades autorizadas como redes privadas de datos en el país.
POR CUANTO: A partir de las experiencias adquiridas en la aplicación de la precitada Resolución en el período de tiempo transcurrido hasta la fecha, determinan la procedencia de actualizarla para implementar un nuevo ordenamiento, que renueve los indicadores de los servicios para los proveedores, sean de servicios públicos de acceso a Internet o de servicios de acceso a Internet al público, así como para las redes privadas de datos que actúen en calidad de proveedores en el país.
POR TANTO: En el ejercicio de la facultad que me ha sido conferida por el numeral Cuarto, Apartado Tercero, del