Resolución 157
Esta resolución regula la emisión de sobres franqueados y es emitida por el Ministerio de Comunicaciones. Autoriza al Grupo Empresarial Correos de Cuba a confeccionar y poner en circulación dichos sobres.
- Se confeccionarán 1 500 000 sobres franqueados con 20 vistas reflejadas en el caché del sobre.
- 1 000 000 de sobres franqueados serán para circulación nacional con valor N.
- 500 000 sobres franqueados serán para circulación internacional con valor E.
- El Grupo Empresarial Correos de Cuba deberá señalar el primer día de circulación y distribuir las cantidades necesarias a todas las unidades de correos del país.
Texto íntegro
GOC-2018-346-O21 RESOLUCIÓN No. 304/2017
POR CUANTO: El Acuerdo No. 8151 del Consejo de Ministros, de fecha 22 de mayo de 2017, en su apartado Primero, numeral Quince, establece que el Ministerio de Co-municaciones tiene la función específica de regular y controlar la emisión, distribución, circulación, vigencia, valor facial y demás características de las especies postales.
POR CUANTO: El Grupo Empresarial Correos de Cuba ha solicitado la confección de un millón (1 000 000) de sobres franqueados para la circulación nacional con valor N y quinientos mil (500 000) sobres franqueados para la circulación internacional con valor E, en veinte (20) vistas del caché del sobre.
POR CUANTO: La Resolución No. 151 del ministro de Comunicaciones, de fecha 11 de julio de 2016, aprobó el plan de emisiones postales para el año 2017, y en el apartado Tercero determina que siempre que la importancia y transcendencia lo ameriten, pueden presentarse para su aprobación otras emisiones postales, por lo que resulta procedente autorizar que se confeccionen y pongan en circulación dichos sobres franqueados por el Grupo Empresarial Correos de Cuba.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,
542 GACETA OFICIAL 25 de mayo de 2018
R e s u e l v o :PRIMERO: Que se proceda a la confección de un millón quinientos mil (1 500 000) sobres franqueados con veinte (20) vistas reflejadas en el caché del sobre con sus respec-tivos sellos, que se relacionan a continuación: Un millón (1 000 000) de sobres franqueados para Cuba con N valor. Quinientos mil (500 000) sobres franqueados para el extranjero con E valor.
SEGUNDO: Que el Grupo Empresarial Correos de Cuba señale el primer día de circulación de esta emisión, distribuyendo las cantidades necesarias a todas las unidades de correos del país y vele por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone. COMUNÍQUESE al presidente del Grupo Empresarial Correos de Cuba y a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocerla.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.
DADA en La Habana, a los 22 días del mes de diciembre de 2017.Maimir Mesa Ramos Ministro de Comunicaciones________________