Resolución 16
La Resolución No. 16 modifica el objeto social del Centro de Isótopos, subordinado al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Esta norma es emitida por el Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
- Ejecutar proyectos de I+D e innovación vinculados al desarrollo de productos y servicios asociados a radionúclidos y radiofármacos (artículo 1.1).
- Importar productos radiofármacos, diagnosticadores y instrumentación nuclear (artículo 1.2).
- Comercializar productos importados y producidos en pesos cubanos y pesos convertibles (artículos 1.3 y 1.5).
- Exportar productos según nomenclatura aprobada por el Ministerio del Comercio Exterior (artículo 1.4).
- Brindar servicios de marcaje de moléculas, ensayos no clínicos y protección radiológica (artículos 1.7 y 1.10).
Texto íntegro
Resolución No. 56/05 de fecha 12 de mayo de 2005, del Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la cual se precisa el objeto social de la Unidad Presupuestada denominada Centro de Isótopos, así como se aprueba su forma abreviada, CENTIS.
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POR CUANTO: A tenor de lo establecido en la Resolución No. 18/08 de fecha 14 de enero de 2008, del Ministro de Economía y Planificación, se emite la Resolución No. 83/08 de fecha 6 de mayo de 2008, donde se aprueba la ampliación del objeto social del Centro de Isótopos, perteneciente a la Agencia de Energía Nuclear y Tecnologías de Avanzada (AEN-TA), subordinada a este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 27/10 de fecha 12 de enero de 2010, del Ministro de Economía y Planificación, se aprueba la modificación del objeto de la Unidad Presupuestada denominada Centro de Isótopos, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, por lo que es procedente dictar la disposición pertinente.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
UNICO: Modificar al Apartado Primero de la Resolución No. 87/00 de fecha 17 de julio de 2000, de la Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, el que queda redactado de la siguiente forma:
PRIMERO: Modificar el objeto de la Unidad Presupuestada denominada Centro de Isótopos, en forma abreviada CENTIS, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, siendo en lo sucesivo el siguiente:
- 1. Ejecutar proyectos de I+D e innovación vinculados al desarrollo de nuevos productos, accesorios, servicios especializados y a la mejora de los procesos asociados a radionúclidos, radiofármacos, generadores radioisotópico, compuestos marcados, fuentes encerradas y diagnosticadores radiactivos y convencionales.
- 2. Importar productos radiofármicos, diagnosticadores, compuestos marcados, fuentes encerradas e instrumentación nuclear y conexa, según nomenclatura aprobada por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
- 3. Comercializar de forma mayorista productos importados en pesos cubanos y pesos convertibles, según nomenclatura aprobadas por los Ministerios del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera y del Comercio Interior.
- 4. Exportar, según nomenclatura aprobada por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
- 5. Producir, comercializar de forma mayorista y transportar radiofármacos, generadores radioisotópicos, compuestos marcados, fuentes radioisotópicas y diagnosticadores radioctivos y convencionales, así como sus accesorios y equipos asociados, a personas jurídicas cubanas en pesos cubanos y pesos convertibles y a empresas mixtas, otras asociaciones económicas con capital extranjero, representaciones o entidades extranjeras en pesos convertibles.
- 6. Instalar y poner en marcha equipos y accesorios asociados al uso de radionúclidos, radiofármacos, generadores radioisotópicos, compuestos marcados, fuentes radioisotópicas y diagnosticadores radiactivos y convencionales a personas jurídicas cubanas en pesos cubanos y pesos convertibles al costo y a extranjeras en pesos convertibles.
- 7. Brindar servicios de marcaje de moléculas y de ensayos no clínicos, así como control de hermeticidad de fuentes radiactivas, a personas jurídicas cubanas en pesos cubanos y pesos convertibles al costo y a extranjeras en pesos convertibles.
- 8. Brindar servicios de verificación y calibración de los instrumentos de medición de la actividad de radionúclidos a personas jurídicas cubanas en pesos cubanos y pesos convertibles al costo y a extranjeras en pesos convertibles.
- 9. Brindar servicios de medición de la actividad de radionúclidos en muestras sólidas y líquidas a personas jurídicas cubanas en pesos cubanos y pesos convertibles al costo y a extranjeras en pesos convertibles.
- 10. Brindar servicios de protección radiológica a personas jurídicas cubanas en pesos cubanos y pesos convertibles al costo y a extranjeras en pesos convertibles.
- 11. Prestar servicios de consultoría y asesoría en materia de metrología de radionúclidos, implantación de sistemas de calidad orientados a las buenas prácticas para el uso y aplicación de radiofármacos, compuestos marcados y diagnosticadores, aseguramiento ingeniero, explotación y mantenimiento de instalaciones nucleares y medios tecnológicos de defensa asociados al uso y aplicación de tecnologías nucleares en condiciones de buenas prácticas, en actividades relacionadas con los productos y servicios asociados y aplicaciones de las técnicas nucleares a personas jurídicas cubanas en pesos cubanos y a extranjeras en pesos convertibles.
- 12. Brindar servicios de capacitación y entrenamiento en las actividades relacionadas con el uso de los productos y servicios del centro a personas jurídicas cubanas en pesos cubanos y a extranjeras en pesos convertibles.
- 13. Ofrecer servicios de análisis físico-químicos de muestras de origen biótico y abiótico a personas jurídicas cubanas en pesos cubanos y pesos convertibles al costo y a extranjeras en pesos convertibles.
- 14. Ejecutar servicios de determinación de componentes de interés analítico en muestras de origen biótico a personas jurídicas cubanas en pesos cubanos y pesos convertibles al costo.
- 15. Prestar servicios de arrendamiento de capacidades de inmobiliario y mobiliario tecnológico especializado, incluidas salas blancas para la ejecución de servicios de alta tecnología en condiciones de buenas prácticas a personas jurídicas cubanas en pesos cubanos.
- 16. Brindar servicios de reparación y mantenimiento de equipos e instalaciones tecnológicas asociados a los productos y servicios especializados que oferta el Centro de Isótopos a personas jurídicas cubanas en pesos cubanos y pesos convertibles.
- 17. Desarrollar eventos relacionados con los productos, servicios y proyectos que se desarrollan en el centro a personas naturales y jurídicas cubanas en pesos cubanos y a personas naturales extranjeras en pesos convertibles, según plan aprobado para tal concepto por el Ministerio de Economía y Planificación.
- 18. Brindar servicios de transportación especializada de los productos que comercializa a personas jurídicas cubanas en pesos cubanos y pesos convertibles y a extranjeras en pesos convertibles.
- 19. Brindar servicios de mantenimiento y reparaciones menores de equipos electrodomésticos y medios de transporte compensados a sus trabajadores en pesos cubanos.
- 20. Ejecutar producciones cooperadas y transferencias tecnológicas con entidades nacionales en materia de aplicaciones de técnicas nucleares, diagnosticadores, terapéuticos, accesorios y equipos asociados; y comercializar de forma mayorista los resultados a personas jurídicas cubanas en pesos cubanos y pesos convertibles.
- 21. Brindar servicios científicos técnicos relacionados con su especialidad, en el extranjero, a través de la entidad autorizada para ello del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en pesos convertibles.
- 22. Ofrecer servicios de transporte obrero a sus trabajadores en pesos cubanos.
- 23. Brindar servicios de comedor y cafetería a sus trabajadores en pesos cubanos.
Dese cuenta a los ministros de Comercio Interior, de Finanzas y Precios, y de Trabajo y Seguridad Social y al Presidente del Banco Central de Cuba.
Comuníquese, con entrega de copia en todos los casos, al Presidente de la Agencia de Energía Nuclear y Tecnologías de Avanzada (AEN-TA) y, por su conducto, al Director del Centro de Isótopos, a los viceministros, directores y jefes de Departamento de la Sede Central de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, al Director de la Oficina Nacional de Estadísticas y a cuantas personas naturales corresponda conocer lo dispuesto.
Archívese el original en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
DADA en la sede central del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la ciudad de La Habana, a los 27 días del mes de enero del año 2010.
Dr. José M. Miyar Barrueco
Ministro de Ciencia, Tecnología
y Medio Ambiente
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