Resolución 16/2024

Modificación de la Resolución 17/2022 sobre autorizaciones de pesca

Organismo
Ministerio de la Industria Alimentaria
Fecha emisión
2024-02-09
Publicada en
Gaceta No. 23 Ordinaria de 2024 (2024-03-04)
Páginas
14–16
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La Resolución 16/2024 del Ministerio de la Industria Alimentaria modifica la Resolución 17/2022 sobre autorizaciones de pesca. Regula el procedimiento para el otorgamiento de licencias de pesca comercial no estatal y establece requisitos y procedimientos para su control.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 16/2024

POR CUANTO: La Ley 129 “Ley de Pesca”, de fecha 13 de julio de 2019, establece que el Ministerio de la Industria Alimentaria es el organismo de la Administración Centraldel Estado facultado para conceder, renovar, modificar y cancelar las autorizacionesde pesca y establecer los requisitos y procedimientos correspondientes, así como las autoridades competentes para su otorgamiento y control,

POR CUANTO: Mediante la Resolución, 17 de fecha 30 de marzo de 2022, dictada por el entonces ministro de la Industria Alimentaria, se estableció el procedimiento para el otorgamiento de las referidas autorizaciones y mediante la Resolución 52, de fecha 13 de

octubre de 2022, también dictada por el referido ministro se aprobó introducir, de manera experimental, cambios en la comercialización de los productos provenientes de la pesca comercial no estatal.

POR CUANTO: Después de analizados los resultados de la aplicación de la precitada Resolución 52 durante todo el año 2023, la Comisión Consultiva de Pesca acordó man-tener la modificación introducida por la misma en la referida Resolución 17 de formapermanente, por lo que resulta necesario disponer lo que se expresa en la parte resolutiva de la presente.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me han sido conferidas en el

Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Modificar el

Artículo 8.1 de la Resolución 17, de fecha 30 de marzo de 2022 a la que se refiere el primer Por Cuanto de la presente y eliminar el requisito previo para elotorgamiento de la Licencia de Pesca Comercial no Estatal, de tener concertado contrato con una entidad autorizada, para la comercialización de sus productos.

SEGUNDO: Realizar la comercialización de las capturas que mediante la presente se autoriza de acuerdo a las decisiones que al respecto adopten los gobiernos locales.

TERCERO: Establecer que las especies autorizadas a capturar son peces, túnidos, ostiones, almejas, jaiba y camarones marinos, en este caso, fuera de las lagunas costeras, en aguas de la plataforma insular.CUARTO: Establecer un proceso de conciliación trimestral entre la Oficina Nacional de Inspección Estatal y los pescadores sobre las capturas realizadas mediante la entrega de una Declaración Jurada según el modelo actualizado, que como Anexo Único se acompaña a la presente.QUINTO: Responsabilizar al director de la Oficina de Inspección Estatal del Minalcon el cumplimiento y control de lo que por medio de la presente se establece.

SEXTO: La presente Resolución entrará en vigor tres días después de su publicaciónen la Gaceta Oficial. NOTIFÍQUESE al director de la Oficina Nacional de Inspección Estatal subordinadaa este organismo, al presidente del Grupo Empresarial de la Industria Pesquera y a las entidades no subordinadas al mismo que tienen concertados contratos con los pescadores comerciales no estatales. COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales, directores y jefes de departamentos independientes del organismo y a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocer de la misma. DESE CUENTA al secretario del Consejo de Ministros, al ministro del Interior y a los gobernadores provinciales.

ARCHÍVESE el original en el Departamento Independiente de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República a los efectos procedentes.

DADA en La Habana, a los 9 días del mes de febrero de 2024.Alberto López Díaz Ministro

ANEXO ÚNICODECLARACIÓN JURADAYo __________________________________, Pescador Comercial no Estatal con Licencia de Pesca No.______________________, patrón (dueño o representante legal) de la embarcación __________________________ Declaro: Que en el transcurso del trimestre desde ___________ a___________,capturé ____________ (kilogramos o toneladas) de las especies que se detallan:No. Especie Peso Arte utilizado 1 Peces 2 Pargo 3 Tiburón 4 Tunidos 5 Ostión 6 Almejas 7 Jaibas 8 Camarón marino Cantidad de días pesca en el período: ___________________Fecha y firma del Declarante