Resolución 160

Procedimiento financiero y presupuestario para unidades presupuestadas con tratamiento especial

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 50 Ordinaria de 2019 (2019-07-15)
Páginas
23–33
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La Resolución No. 160 del Ministerio de Finanzas y Precios regula el procedimiento financiero y presupuestario para unidades presupuestadas con tratamiento especial. Estas unidades deben cumplir condiciones como tener personalidad jurídica propia y generar ingresos propios que cubran al menos el 30% de sus gastos. La resolución establece principios financieros y presupuestarios para su funcionamiento.

Texto íntegro

GOC-2019-587-O50 RESOLUCION No.160/2019

POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 347 “De la Misión del Ministerio de Finanzas y Precios”, de 28 de agosto de 2017, establece que el Ministerio de Finanzas y Precios es el organismo de la Administración Central del Estado que tiene la misión de proponer al Estado y al Gobierno las políticas financiera, presupuestaria, tributaria, contable, de tesorería, de precios, y una vez aprobadas, dirigir y controlar su cumplimiento.

POR CUANTO: La Resolución No. 104, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, el 28 de abril de 2008, estableció los principios de funcionamiento presupuestario para las unidades presupuestadas a las que se les aprueba el tratamiento especial. Desde el año 2010 a la fecha se han emitido más de cuarenta y dos (42) normas que aprueban unidades presupuestadas con tratamiento especial, las que proceden derogar en aras de evitar la dispersión legislativa.

POR CUANTO: La aplicación práctica de la Resolución mencionada en el Por Cuanto anterior conlleva la actualización de los principios de funcionamiento financiero y presupuestario de la unidad presupuestada a la que se le apruebe el tratamiento especial, lo que corresponde respaldar legalmente.

POR TANTO: En uso de la atribución que me está conferida en el

Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Aprobar el siguiente:

1072 GACETA OfICIAL 15 de julio de 2019“PROCEDImIENTO fINANCIERO Y PRESUPUESTARIO PARA LAS UNIDADES PRESUPUESTADAS A LAS QUE SE LE APRUEBE EL TRATAmIENTO ESPECIAL”

CAPÍTULO IGENERALIDADES

Artículo 1. Las condiciones que debe cumplir la unidad presupuestada para que se le apruebe el tratamiento especial son las siguientes: a) Estar aprobada como unidad presupuestada, con personalidad jurídica propia. b) Tener aprobado como objeto social, la realización de actividades productivas, comerciales y de prestación de servicios, que le generen ingresos propios. c) Los ingresos que obtenga por la realización de las actividades antes previstas deben cubrir como mínimo el treinta por ciento (30%) de sus gastos.

Artículo 2. Se autoriza a la unidad presupuestada con tratamiento especial, operar con cuenta bancaria independiente para sus operaciones corrientes en pesos cubanos, previa autorización del Director de Tesorería y Crédito Público de este Ministerio, distinta de la cuenta bancaria en la cual se operan los cobros y pagos de la actividad autofinanciada de comedor obrero y cafetería.

Artículo 3. La unidad presupuestada con tratamiento especial puede ser sujeto de crédito bancario, siempre que cumpla los requerimientos bancarios para su otorgamiento; esta asume con sus recursos los gastos e intereses que se generen por acceder al mismo.

CAPÍTULO IIÁmBITO DE APLICACIÓN Y OBJETIVO

Artículo 4. Este Procedimiento es de aplicación en la unidad presupuestada que realice actividades productivas, comerciales y de prestación de servicios.

Artículo 5. El objetivo del presente es definir los principios financieros y presupuestarios que debe aplicar una unidad presupuestada con tratamiento especial para su funcionamiento.

CAPÍTULO IIIPLANIfICACIÓN

Artículo 6. Las unidad presupuestada con tratamiento especial, planifica su Presupuesto, para lo cual considera los indicadores descritos en el Estado de Rendimiento Financiero; cubre con los ingresos obtenidos total o parcialmente los gastos en que incurren para garantizar sus operaciones. En el total de ingresos considera los que planifican obtener por la realización de su objeto social.

Artículo 7. En el total de gastos corrientes planifica todos los gastos en que incurre al realizar su actividad, para lo cual tiene en cuenta la eficiencia a lograr en la producción, comercialización o la prestación de los servicios, el uso racional de los recursos materiales y financieros, el nivel de servicios a alcanzar en el ejercicio económico que se planifica y los inventarios que poseen.

Artículo 8. Si el resultado planificado es positivo, determina el importe a aportar al Presupuesto del Estado, este importe constituye un indicador directivo de aporte mínimo al Presupuesto, que al momento de la liquidación final, al cierre del ejercicio económico, tiene que quedar satisfecho.

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Artículo 9. Si el resultado planificado es negativo, reciben una subvención del Presupuesto del Estado, la que constituye límite de gastos y es de destino específico.

Artículo 10: La planificación de la subvención a recibir del Presupuesto del Estado, se determina a partir del resultado obtenido entre sus ingresos y gastos.

Artículo 11. La determinación de las transferencias de capital se realiza, principalmente, a partir del nivel de inversiones propuesto a aprobar por los diferentes órganos facultados y la compra de activos fijos tangibles e intangibles, nuevos y de uso, que responden al mejoramiento de las condiciones materiales para que la entidad cumpla con su misión.

Artículo 12. Planifica los aportes al Presupuesto del Estado a partir de los tributos a pagar y los ingresos no tributarios que les corresponde aportar en el Ejercicio económico.

CAPÍTULO IVDEL fINANCIAmIENTO

Artículo 13. La unidad presupuestada con tratamiento especial, que planifica la subvención por el resultado negativo, al cierre de cada mes recibe la subvención del Presupuesto del Estado, considerando el resultado negativo patrimonial real y hasta el límite del Plan.

Artículo 14. Las necesidades de recursos presupuestarios adicionales a las cifras notificadas para el año, o sea, superiores a la subvención aprobada y notificada para el ejercicio económico, son solicitadas y fundamentadas a este Ministerio, por los jefes máximos de los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, los consejos de la Administración de las asambleas provinciales del Poder Popular y del municipio especial Isla de la Juventud y las organizaciones superiores de dirección empresarial, según corresponda, a la que se subordina o integra esta unidad presupuestada, de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente para la solicitud de modificaciones presupuestarias.

Artículo 15. Las operaciones asociadas a gastos de capital, según el Clasificador por Objeto de Gastos del Presupuesto del Estado vigente, son financiadas en primera instancia con los recursos de la depreciación y amortización de los activos fijos tangibles e intangibles acumulados por la unidad presupuestada con tratamiento especial, de no ser suficiente estos recursos solicitan a este Ministerio a través de los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, los consejos de la Administración de las asambleas provinciales del Poder Popular y del municipio especial Isla de la Juventud y las organizaciones superiores de dirección empresarial, según corresponda, a que se subordinan o integran, los recursos necesarios del Presupuesto del Estado para cubrir la diferencia resultante.

CAPÍTULO VAPORTES AL PRESUPUESTO DEL ESTADO

Artículo 16. La unidad presupuestada con tratamiento especial aporta al Presupuesto del Estado los tributos correspondientes por la Utilización de la Fuerza de Trabajo y la Contribución a la Seguridad Social, según lo establecido por este Ministerio.

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Artículo 17. Aporta al Presupuesto del Estado, el setenta por ciento (70%) del resultado positivo patrimonial real, mediante pagos a cuenta al cierre del trimestre. Los pagos a cuenta se aportan en un plazo de veinte (20) días posteriores al cierre de cada trimestre, empleando los siguientes párrafos del Clasificador de Recursos Financieros del Presupuesto del Estado vigente: 130020 – Otros ingresos de operaciones – Subordinación Nacional 130021 – Otros ingresos de operaciones – Subordinación Provincial

Artículo 18. A efectos de la liquidación del aporte del resultado positivo patrimonial, al cierre de las operaciones del ejercicio económico que concluye, la unidad presupuestada con tratamiento especial, lo realiza deduciendo el importe de los pagos a cuenta efectuados durante los tres (3) primeros trimestres del año al importe correspondiente al setenta por ciento (70%) del resultado positivo patrimonial real obtenido. Este aporte se realiza hasta el 30 de marzo del año siguiente.

CAPÍTULO VICREACIÓN DE PROVISIONES Y RESERVAS

Artículo 19. Según lo requiera la unidad presupuestada con tratamiento especial, crea con carácter obligatorio la Provisión para Cuentas Incobrables, aplicando la legislación vigente a tales efectos.

Artículo 20. La creación de provisiones de gastos voluntarias por la unidad presupuestada con tratamiento especial, requiere la autorización expresa de este Ministerio.

Artículo 21. No se autoriza la creación de reservas mediante la retención del resultado positivo patrimonial obtenido al cierre del ejercicio económico.

CAPÍTULO VIISISTEmA INfORmATIVO

Artículo 22. La unidad presupuestada con tratamiento especial registra sus operaciones de ingresos y gastos, de acuerdo a lo establecido en las Normas Cubanas de Información Financiera para la actividad empresarial.

Artículo 23. La unidad presupuestada con tratamiento especial, queda obligada a rendir mensualmente a los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, los consejos de la Administración de las asambleas provinciales del Poder Popular y del municipio especial Isla de la Juventud y las organizaciones superiores de dirección empresarial, según corresponda, información sobre la ejecución de sus operaciones patrimoniales, considerando todas las operaciones realizadas por la entidad en el período que corresponda.

Artículo 24. Los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, los consejos de la Administración de las asambleas provinciales del Poder Popular y del municipio especial Isla de la Juventud y las organizaciones superiores de dirección empresarial, a que se subordinan o integran administrativamente las unidades presupuestadas con tratamiento especial, entregan a este Ministerio, en la fecha establecida para la presentación, la información mensual de la ejecución del Presupuesto aprobado, establecida en el

Artículo 23 de la presente Resolución.

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CAPÍTULO VIIIOTRAS DISPOSICIONES

Artículo 25. La unidad presupuestada con tratamiento especial integrada a una organización superior de dirección empresarial, pueden recibir financiamiento proveniente de los recursos centralizados administrados por la misma, tales como: a) Fondo de Compensación: Para cubrir desbalances financieros temporales; el Presidente o Director General de la organización superior de dirección empresarial define el período en que devuelve el préstamo recibido. b) Fondo común para investigación y desarrollo: Resultado de la facturación de los gastos de investigación a los beneficiarios, según cronograma aprobado.

Artículo 26. La actividad de comedor obrero y cafetería, tiene que ser costeable, en caso de tener pérdida en esta actividad, no se reconoce a los efectos de financiar el resultado negativo de la unidad presupuestada con tratamiento especial.

SEGUNDO: Los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, los consejos de la Administración de las asambleas provinciales del Poder Popular y del municipio especial Isla de la Juventud y las organizaciones superiores de dirección empresarial, según corresponda, que tengan unidades presupuestadas con tratamiento especial aprobadas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, subordinadas o integradas, evalúan anualmente el funcionamiento de estas, el que presentan a este Ministerio en las etapas de Anteproyecto y Liquidación del Presupuesto del Estado, respectivamente. Para la evaluación del funcionamiento se tiene en cuenta: El total de ingresos reales obtenidos, los gastos reales ejecutados, el cumplimiento del aporte mínimo al Presupuesto del resultado positivo obtenido, el análisis de la utilización de la subvención del Presupuesto recibida, si tienen condiciones creadas para su conversión a empresa y cualquier otro dato de interés.

TERCERO: Las direcciones generales de Atención Institucional y Territorial de este Ministerio, quedan responsabilizadas con la elaboración de los procedimientos de trabajo que permitan el cumplimiento de lo que se establece por la presente Resolución.

CUARTO: Los jefes máximos de los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, de los consejos de la Administración de las asambleas provinciales del Poder Popular y del municipio especial Isla de la Juventud y de las organizaciones superiores de dirección empresarial, según corresponda, que tengan unidades presupuestadas subordinadas o integradas, solicitan a este Ministerio mediante escrito fundamentado, la aprobación de las mismas como unidades presupuestadas con tratamiento especial. El escrito al que se hace referencia en el párrafo anterior debe contener el análisis económico-financiero de la entidad propuesta donde se demuestre que los ingresos obtenidos por el desarrollo de su objeto social financian parcial o totalmente los gastos en que incurre para la realización de sus actividades y el cumplimiento de su encargo estatal, considerando que este es un paso previo a su conversión en empresa. Al mismo se adjunta el Estado Financiero del cierre del mes anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

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QUINTO: Los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior, adecuan en sus sistemas lo que se establece por la presente Resolución.

DISPOSICION ESPECIALÚNICA: La unidad presupuestada a la que se le apruebe o retire el tratamiento especial, posterior a la emisión de esta Resolución, se incorporan o retiran de oficio del Anexo Único, mediante Resolución del Ministro de Finanzas y Precios.DISPOSICIONES fINALESPRIMERA: Derogar las resoluciones No. 104 de 2008, No. 162 de 2008, No. 150 de 2009, No. 398 de 2009, No. 423 de 2009, No. 3 de 2010, No. 46 de 2010, No. 86 de 2010, No. 165 de 2010, No. 205 de 2010, No. 335 de 2010, No. 36 de 2011, No. 56 de 2011, No. 57 de 2011, No. 236 de 2011, No. 375 de 2011, No. 407 de 2011, No. 433 de 2011, No. 27 de 2012, No. 32 de 2012, No. 93 de 2012, No. 100 de 2012, No. 119 de 2012, No. 173 de 2012, No. 210 de 2012, No. 226 de 2012, No. 253 de 2012, No. 370 de 2012, No. 435 de 2012, No. 463 de 2012, No. 141 de 2013, No. 433 de 2013, No. 440 de 2013, No. 493 de 2013, No. 548 de 2013, No. 558 de 2013, No. 36 de 2014, No. 42 de 2014, No. 47 de 2014, No. 66 de 2014, No. 143 de 2014, No. 151 de 2014, No. 498 de 2014, No. 518 de 2014, No. 139 de 2015, No. 1029 de 2015, No. 1095 de 2015, No. 608 de 2016, No. 647 de 2016, No. 370 de 2017, No. 382 de 2017, No. 12 de 2018, No. 24 de 2018, No. 74 de 2018, dictadas por la Ministra de Finanzas y Precios.

SEGUNDA: La presente Resolución entra en vigor a los cinco (5) días posteriores a la fecha de su firma.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 29 días de mayo de 2019.meisi Bolaños Weiss Ministra de Finanzas y Precios ANEXO ÚNICORELACIÓN DE UNIDADES PRESUPUESTADAS CON TRATAmIENTO ESPECIAL No. Unidad Presupuestada Consejo de ministros 1 Oficina de la Zona Especial de Desarrollo Mariel 2 Sierra Maestra Instituto Nacional de Deportes, Educación física y Recreación 3 Aseguramiento al Deporte (UPAD)ministerio de la Agricultura 4 Instituto de Investigaciones de Ingeniería Agrícola 5 Instituto de Investigaciones de Sanidad Animal 6 Instituto de Suelos 7 Unidad Central de Laboratorios de Sanidad Agropecuariaministerio de Ciencia, Tecnología y medio Ambiente 8 Acuario Nacional de Cuba 9 Agencia de Medio Ambiente 10 Centro de Aplicaciones Tecnológicas para el desarrollo sostenible

1077 GACETA OfICIAL15 de julio de 2019 No. Unidad Presupuestada 11 Centro de Aplicaciones Tecnológicas y Desarrollo Nuclear (CEADEN) 12 Centro de Estudios Ambientales de Cienfuegos 13 Centro de Estudios Avanzados de Cuba 14 Centro de Ingeniería Ambiental Camagüey 15 Centro de Investigaciones de Bioalimentos 16 Centro de Investigaciones de Ecosistemas Costeros 17 Centro de Investigaciones de Energía Solar (CIES) 18 Centro de Investigaciones de Medio Ambiente Camagüey 19 Centro de Isótopos 20 Centro de Servicios Ambientales de Matanzas 21 Centro de Servicios Ambientales de Villa Clara 22 Centro Nacional de Investigaciones Sismológicas-(CENAIS) 23 Centro Oriental de Ecosistemas y Biodiversidad – (BIOECO) 24 Centro de Investigaciones y Servicios Ambientales y Tecnológicos- (CISAT). 25 Centro de Servicios Ambientales de Sancti Spíritus-(CSASS) 26 Centro de Desarrollo de la Montaña – (CDM) 27 Centro de Investigación y Servicios Ambientales – (ECOVIDA) 28 Centro de Gestión y Desarrollo de la Calidad 29 Centro de la Gestión de la Información y Desarrollo de la Energía (CUBAENERGÍA) 30 Instituto Nacional de Investigaciones en Metrología 31 Instituto de Información Científica y Tecnológica 32 Instituto de Investigaciones Agropecuarias “Jorge Dimitrov” 33 Instituto de Geofísica y Astronomía 34 Instituto de Cibernética Matemática y Física – (ICIMAF) 35 Instituto de Ecología y Sistemática 36 Instituto de Geografía Tropical 37 Instituto de Meteorología – (INSMET) 38 Instituto de Ciencias del Mar 39 Jardín Botánico de Cienfuegos 40 Jardín Botánico de Las Tunas 41 Jardín Botánico CUPAYNICU de Granma 42 Museo Nacional de Historia Natural de Cuba 43 Oficina Cubana de Propiedad Industrial 44 Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear 45 Oficina Nacional de Normalización 46 Oficina Territorial de Normalización Pinar del Río 47 Oficina Territorial de Normalización La Habana 48 Oficina Territorial de Normalización Matanzas 49 Oficina Territorial de Normalización Villa Clara 50 Oficina Territorial de Normalización Camagüey 51 Oficina Territorial de Normalización Holguín 52 Oficina Territorial de Normalización Santiago de Cuba 53 Oficina Territorial de Normalización Artemisa-Mayabeque 54 Servicios Ambientales “Alejandro de Humbolt”

1078 GACETA OfICIAL 15 de julio de 2019 No. Unidad Presupuestadaministerio del Comercio Interior 55 Registro Central Comercial 56 Centro de Gestión del Conocimientoministerio de la Construcción 57 Centro de Desarrollo de Normas y Costos de la Construcciónministerio de Cultura 58 Agencia Cubana de Derecho de Autor Musical (ACDAM) 59 Teatro Mella 60 Casa de las Américas 61 Cámara Cubana del Libro 62 Cine Teatro Miramar 63 Circo Nacional de Cuba 64 CUBARTE 65 Distribuidora Nacional del Libro 66 Editorial Nuevo Milenio 67 Editorial Letras Cubanas 68 Instituto Cubano del Arte e Industria Cinematográfica (ICAIC) 69 Instituto Cubano de la Música 70 Teatro Nacional de Cubaministerio de Educación Superior 71 Centro de Bioactivos Químicos (CBQ) 72 Centro de Bioplantas (CBP) 73 Centro Nacional de Investigaciones Científico Técnicas (CENIC) 74 Centro Nacional de Sanidad Agropecuaria (CENSA) 75 Estación Experimental de Pastos y Forrajes Indio Hatuey 76 Instituto de Biotecnología de las Plantas (IBP) 77 Instituto de Ciencia Animal (ICA) 78 Instituto Nacional de Ciencias Agrícolas (INCA) 79 Jardín Botánico “Orquideario de Soroa” 80 Jardín Botánico Nacionalministerio de Industrias 81 Centro Nacional de Inspección de la Calidad (CNICA) 82 Centro de Investigación y Desarrollo de la Industria Ligera (CIDIL) 83 Centro de Investigaciones Siderúrgicas 84 Centro de Investigaciones Metalúrgicas 85 Centro de Investigaciones de Construcción de Maquinarias (CICMA) 86 Centro de Desarrollo de la Maquinaria Agrícola (CEDEMA) 87 Instituto de Refrigeración y Climatización (IRC)ministerio de la Industria Alimentaria 88 Instituto de Investigaciones para la Industria Alimenticia (IIIA) 89 Instituto Marítimo Pesquero Andrés González Lines 90 Centro de Investigación Pesqueraministerio de las Comunicaciones 91 Joven Club de Computación y Electrónicaministerio de Relaciones Exteriores 92 Equipo de Servicios de Traductores e Intérpretes (ESTI)

1079 GACETA OfICIAL15 de julio de 2019 No. Unidad Presupuestadaministerio de Salud Pública 93 Centro Internacional de Restauración Neurológica (CIREN) 94 Centro Nacional de Ensayos Clínicos 95 Centro Nacional de Ortopedia Técnica 96 Centro Internacional de Retinosis Pigmentaria “Camilo Cienfuegos” 97 Centro para el Control Estatal de Medicamentos, Equipos y Dispositivos Médicos (CEDMED) 98 Clínica Central “Cira García”ministerio del Transporte 99 Antillana de Salvamento 100 Instituto de Aeronáutica Civil de Cuba Oficina del Historiador de la Ciudad de La Habana 101 Unidad Inversionista Grupo Empresarial Azucarero AZCUBA102 Instituto Nacional de Investigaciones de la Caña de Azúcar (INICA) 103 Instituto Cubano de la Industria Azucarera (ICINAZ) 104 Instituto Cubano de Investigaciones de los Derivados de la Caña de Azúcar (ICIDCA) 105 Instituto de Investigación de la Celulosa de Bagazo (CUBA 9)Grupo Empresarial de Informática y las Comunicaciones 106 Centro de Desarrollo de la Electrónica y la Automática Grupo Empresarial de la Industria Sideromecánica 107 Centro de Investigaciones Siderúrgicas Grupo Empresarial Agrícola 108 Instituto de Investigaciones Fundamentales de la Agricultura Tropical "Alejandro Humboldt" 109 Instituto de Investigaciones de Granos 110 Instituto de Investigaciones Hortícolas "Liliana Dimitrova" 111 Instituto de Investigaciones de Fruticultura Tropical 112 Instituto de Investigaciones de Viandas Tropicales 113 Unidad de Extensión, Investigación y Capacitación Agropecuaria HolguínCAP La Habana 114 Aseguramiento a los Servicios Comunales 115 Áreas Verdes 116 Centro Provincial del Libro y la Literatura 117 Dirección Provincial de JusticiaCAP matanzas 118 Centro Provincial del Cine 119 Centro Provincial del Libro y la Literatura 120 Consejo Provincial de las Artes Escénicas 121 Dirección Provincial de Planificación Física 122 Dirección Provincial Servicios Comunales 123 Dirección de Servicios Comunales Matanzas 124 Dirección de Servicios Comunales Cárdenas 125 Dirección de Servicios Comunales Martí 126 Dirección de Servicios Comunales Limonar

1080 GACETA OfICIAL 15 de julio de 2019 No. Unidad Presupuestada 127 Dirección de Servicios Comunales Jovellanos 128 Dirección de Servicios Comunales Perico 129 Dirección de Servicios Comunales Colón 130 Dirección de Servicios Comunales Calimete 131 Dirección de Servicios Comunales Los Arabos 132 Dirección de Servicios Comunales Unión de Reyes 133 Dirección de Servicios Comunales Pedro Betancourt 134 Dirección de Servicios Comunales Jagüey Grande 135 Dirección de Servicios Comunales Ciénaga de ZapataCAP Villa Clara 136 Centro Provincial del Cine 137 Centro Provincial del Libro y la Literatura 138 Consejo Provincial de las Artes Escénicas 139 Dirección Provincial de Justicia 140 Dirección Provincial de Planificación Física 141 Dirección Provincial de Servicios Comunales 142 Dirección Municipal de Comunales Corralillo 143 Dirección Municipal de Comunales Quemado 144 Dirección Municipal de Comunales Sagua 145 Dirección Municipal de Comunales Encrucijada 146 Dirección Municipal de Comunales Camajuaní 147 Dirección Municipal de Comunales Caibarién 148 Dirección Municipal de Comunales Remedios 149 Dirección Municipal de Comunales Placetas 150 Dirección Municipal de Comunales Santa Clara 151 Dirección Municipal de Comunales Cifuentes 152 Dirección Municipal de Comunales Santo Domingo 153 Dirección Municipal de Comunales Ranchuelo 154 Dirección Municipal de Comunales ManicaraguaCAP Cienfuegos 155 Centro Provincial del Cine 156 Centro Provincial del Libro y la Literatura 157 Dirección Provincial de Planificación FísicaCAP Sancti Spíritus 158 Centro Provincial del Cine 159 Centro Provincial del Libro y la Literatura 160 Dirección Provincial de Planificación Física 161 Oficina del Conservador de Trinidad y el Valle de los IngeniosCAP Ciego de Ávila 162 Centro Provincial del Libro y la Literatura 163 Dirección Provincial de Planificación FísicaCAP Camagüey 164 Centro Provincial de Cine 165 Centro Provincial del Libro y la Literatura 166 Consejo Provincial de las Artes Escénicas 167 Oficina del Historiador de la Ciudad

1081 GACETA OfICIAL15 de julio de 2019 No. Unidad Presupuestada 168 Centro Provincial de la MúsicaCAP Las Tunas 169 Centro Provincial del Cine 170 Centro Provincial del Libro y la Literatura 171 Dirección Provincial de Planificación FísicaCAP Holguín 172 Centro Provincial de Artes Escénicas 173 Casa de IberoaméricaCAP Granma 174 Centro Provincial del Cine 175 Centro Provincial del Libro y la Literatura 176 Dirección Provincial de Planificación FísicaCAP Santiago de Cuba 177 Oficina del Conservador de la Ciudad 178 Complejo Cultural Heredia 179 Casa del Caribe 180 Centro Provincial de Cine 181 Centro Provincial del Libro y la Literatura 182 Consejo Provincial de las Artes PlásticasCAP Guantánamo 183 Unidad provincial de apoyo a la actividad cultural 184 Centro Provincial del Cine 185 Centro Provincial del Libro y la Literatura 186 Dirección Provincial de Planificación Física 187 Centro Provincial de La Música________________TRANSPORTE