Resolución 161

Deroga concesión de investigación geológica en Encajante Yacimiento Manuela

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 52 Ordinaria de 2019 (2019-07-18)
Páginas
27
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Texto íntegro

GOC-2019-623-O52 RESOLUCIÓN 74

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas, para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: Ha vencido el término de un (1) año otorgado mediante la Resolución 2, de 10 de enero de 2017, y prorrogado por la Resolución 16, de 18 de enero de 2018, ambas del ministro de Energía y Minas, a la Empresa de Canteras, en el área denominada Encajante Yacimiento Manuela, ubicada en el municipio Mariel de la provincia de Artemisa, para realizar una toma de muestra industrial de 24 000 toneladas de arenisca y arcilla, con el objetivo de realizar una prueba industrial para comprobar la factibilidad de su empleo en la fabricación de cemento y estimar el volumen de los recursos; incurriéndose en la causal de extinción de las concesiones mineras establecida en el capítulo X, artículo 60, inciso a), de la referida Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 145, inciso e), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Derogar las Resoluciones 2, de 10 de enero de 2017 y la 16, de 18 de enero de 2018, ambas del ministro de Energía y Minas, mediante las cuales se otorgó y prorrogó a la Empresa de Canteras una concesión de investigación geológica en el área denominada Encajante Yacimiento Manuela, ubicada en el municipio Mariel de la provincia de Artemisa.

SEGUNDO: Declarar franca el área que abarca la concesión de investigación geológica, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

TERCERO: La Empresa de Canteras está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de investigación geológica, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente en general y específicamente con la rehabilitación del área, así como indemnizar los daños o perjuicios a que hayan dado lugar dichas actividades mineras realizadas. NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al director general de la Empresa de Canteras.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 5 días del mes de julio del 2019.Raúl García Barreiro Ministro de Energía y Minas________________