Resolución 163/2016

Otorgar Certificación como Operador Económico Autorizado a Internacional Cubana de Tabacos S.A.

Organismo
Aduana General de la República
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 33 Ordinaria de 2016 (2016-08-11)
Páginas
34
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La Resolución No. 163/2016 de la Aduana General de la República otorga la Certificación como Operador Económico Autorizado a Internacional Cubana de Tabacos S.A. Regula los términos y condiciones de esta certificación.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 163/2016

POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 162 “De Aduanas”, de 3 de abril de 1996, en suartículo 13, dispone que la Aduana forma parte del sistema de control estatal y actúa enfunción de ello, conciliando las medidas de control con las de facilitación del comercioexterior, priorizando en los trámites y procedimientos administrativos este criterio frentea las formalidades aduaneras. Asimismo, en su Disposición Final Segunda faculta al Jefede la Aduana General de la República para dictar las normas complementarias necesariaspara la mejor ejecución de lo dispuesto en ese Decreto-Ley.

POR CUANTO: La Resolución No. 19, del Jefe de la Aduana General de la República,de 14 de octubre de 2002, estableció las “Normas para el Despacho Aduanero de las Mer-cancías”, las que tienen como objeto regular las condiciones, trámites y formalidades quehan de cumplirse para el desaduanamiento de las mercancías de importación y exportación.

POR CUANTO: La Resolución No. 112, del Jefe de la Aduana General de la Repú-blica, de 19 de abril de 2016, en su apartado Primero, establece la figura del Operador Económico Autorizado como la persona jurídica vinculada a la cadena logística del co-mercio, cuya condición de operador económico confiable y seguro es acreditada por la Aduana General de la República, tras un proceso de verificación y certificación realizadopor entidades competentes, acerca de la confiabilidad de su organización, procesos, ad-ministración y estados financieros; así como el cumplimiento de estándares de seguridadcorrespondientes a su actividad. Asimismo, en su apartado Segundo, dispone que el Pro-grama Operador Económico Autorizado se estructura sobre la base de la aplicación delproyecto piloto, inicialmente en las entidades Internacional Cubana de Tabacos S.A.(ICT), TRD Caribe y la Corporación CIMEX S.A., durante el año 2016.

POR CUANTO: La Dirección de Técnica Aduanera de la Aduana General de la Re-pública, mediante su Dictamen Técnico No. 1, emitido el 11 de marzo de 2016, aceptóla solicitud para obtener la Certificación como Operador Económico Autorizado, presen-tada por la sociedad mercantil Internacional Cubana de Tabacos S.A., ICT en formaabreviada, previo cumplimiento de los requisitos mínimos y estándares de seguridadcorrespondientes a su actividad, lo que se acredita mediante las certificaciones expedidasal efecto por las entidades competentes.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución conferida en el Acuerdo No. 2817, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 1994, en su apartado Tercero, numeral 4,

R e s u e l v o :

PRIMERO: Otorgar a la sociedad mercantil Internacional Cubana de Tabacos S.A.,ICT en forma abreviada, la Certificación como Operador Económico Autorizado, cuyavigencia se extiende por el término de tres (3) años, contados a partir de la fecha de entra-da en vigor de la presente Resolución.

SEGUNDO: La presente Resolución entra en vigor a los treinta (30) días de su fechade publicación en la Gaceta Oficial de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE un original en la Dirección de Asuntos Legales de la Aduana Generalde la República.

DADA en La Habana, a 3 de junio de 2016.

Pedro Miguel Pérez Betancourt

Jefe de la Aduana General

de la República