Resolución 170/06
La Resolución No. 170/06 del Ministerio del Comercio Exterior cancela la autorización de exportación a la Empresa Importadora de la Agroindustria Azucarera, AZUIMPORT. Esta medida se adopta en virtud de las facultades conferidas al Ministerio para dirigir y controlar la política de comercio exterior.
- Se cancela la autorización de exportación otorgada a AZUIMPORT.
- La Resolución Nº 252/2004 que ratificó la autorización original se mantiene en todo lo que no se oponga a la presente resolución.
- AZUIMPORT mantiene su inscripción en el Registro Central de Aduanas por 30 días para ejecutar exportaciones pactadas.
- La presente resolución debe ser notificada al interesado y comunicada a diversas entidades estatales y bancarias.
- La resolución se publica en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 170/06
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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo Nº 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en la actividad comercial exterior, y a tal efecto tiene la atribución de conceder facultades para realizar operaciones de exportación e importación, determinando en cada caso la nomenclatura de mercancías que serán objeto de dichas operaciones.
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POR CUANTO: Mediante Resolución Nº 500, de 24 de junio de 2003, dictada por el Ministro del Comercio Exterior, fue establecido el Procedimiento para la concesión, modificación y cancelación de facultades de comercio exterior, así como la de nomenclaturas de productos autorizados, a las empresas estatales, sociedades mercantiles cubanas y Asociaciones Económicas Internacionales constituidas al amparo de la Ley Nº 77, “Ley de la Inversión Extranjera”.
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POR CUANTO: Mediante Resolución Nº 252, de fecha 16 de julio de 2004, fue ratificada la autorización otorgada a la Empresa Importadora de la Agroindustria Azucarera, AZUIMPORT, para realizar actividades de comercio exterior.
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POR CUANTO: Resulta necesario modificar la autorización otorgada a la antes mencionada entidad, en el sentido de cancelar las facultades de exportación que le fueron conferidas.
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POR CUANTO:
POR CUANTO: Mediante Acuerdo Nº 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se establece entre los deberes, atribuciones y funciones comunes de los
- jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, dictar en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 17 de mayo del 2000 fue designado el que Resuelve, Ministro del Comercio Exterior.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Cancelar la autorización otorgada a la Empresa Importadora de la Agroindustria Azucarera, AZUIMPORT, para la realización de actividades de exportación.
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SEGUNDO: Ratificar la Resolución Nº 252, de fecha 16 de julio de 2004, en todo lo que no se oponga a la presente.
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TERCERO: A los efectos de la ejecución de la exportación de las mercancías pactadas en los contratos de compraventa internacional suscritos por la referida entidad, la misma mantendrá vigente su inscripción en el Registro Central de Aduanas por el término de treinta días contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución.
NOTIFIQUESE la presente Resolución al interesado.
COMUNIQUESE al Jefe de la Aduana General de la República, a los Ministros de Finanzas y Precios y de la Industria Azucarera, al Ministro Presidente del Banco Central de Cuba, al Presidente del Banco Financiero Internacional, al Presidente del Banco Internacional de Comercio, S.A., al Presidente del Banco Exterior de Cuba, a los Viceministros y Directores del Ministerio, al Presidente de la Cámara de Comercio y a los Directores de Empresas. Archívese el original en la Dirección Jurídica.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los trece días del mes de abril de dos mil seis.
Raúl de la Nuez Ramírez
Ministro del Comercio Exterior
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