Resolución 17
La Resolución regula la importación eventual de productos. La emite el Ministerio del Comercio Exterior.
- Permite importación eventual de productos no aprobados
- Se comunica a Aduana General de la República y Ministerio de Finanzas
- Se informa a Banco Central de Cuba y bancos comerciales
- Se publica en Gaceta Oficial para conocimiento general
Texto íntegro
Resolución Nº 200, dictada por el Ministro del Comercio Exterior, en fecha 4 de junio de 1996, podrá solicitar la importación eventual de los productos que requiera, cuyas nomenclaturas no se aprueban por la presente.
30 de enero de 2002 GACETA OFICIAL 293 COMUNIQUESE la presente Resolución al interesado, a la Aduana General de la República, al Ministerio de Finanzas y Precios y demás Organismos de la Administración Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., al Banco Exterior de Cuba, a los Viceministros y Directores del Ministerio, al Presidente de la Cámara de Comercio y a los Directores de Empresas. Publíquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archívese el original en la Dirección Jurídica.
DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los veintinueve días del mes de enero de dos mil dos.Raúl de la Nuez Ramírez Ministro del Comercio Exterior ______________INDUSTRIA ALIMENTICIA