Resolución 3/2003
La Resolución No. 3/2003 del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones precisa el objeto empresarial de la Empresa de Componentes Electrónicos 'Ernesto Che Guevara', subordinada al Ministerio. La norma establece las actividades que la empresa puede realizar.
- Producir, ensamblar, montar y comercializar componentes electrónicos y sistemas (artículo 1).
- Brindar servicios de montaje de sistemas electromecánicos y asistencia técnica (artículo 1).
- Alquilar locales a entidades estatales y empresas (artículo 1).
- Prestar servicios de garantía y posventa de equipos y sistemas (artículo 1).
- Producir y comercializar productos vinculados a la energía alternativa (artículo 1).
Texto íntegro
RESOLUCION No. 3/2003
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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 204 de fecha 11 de enero del 2000 cambió la denominación del Ministerio de Comunicaciones por la de Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, que desarrollará las tareas y funciones que hasta el presente realizaba el Ministerio de Comunicaciones, así como las de Informática y la Electrónica que ejecutaba el Ministerio de la Industria Sidero Mecánica y la Electrónica.
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POR CUANTO: El Consejo de Estado de la República de Cuba, mediante Acuerdo de fecha 12 de enero del 2000, designó al que resuelve Ministro de la Informática y las Comunicaciones.
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POR CUANTO: Mediante el Acuerdo 3736 de fecha 18 de julio del 2000, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se aprobaron las nuevas funciones y atribuciones específicas del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones.
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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 113 de 8 de diciembre de 1980 dictada por el Ministro de la Industria Sidero Mecánica se creó la Empresa de Componentes Electrónicos subordinada al Ministerio de la Industria Sidero Mecánica y se precisó su objeto empresarial.
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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 86 de 15 de septiembre del 2000 del Ministro de la Informática y las Comunicaciones, se incluyó la Organización Económica Estatal denominada Grupo de la Industria Electrónica, la Informática, la Automatización y las Comunicaciones, reconocida a todos los efectos legales como Grupo de la Electrónica, subordinada al sistema del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, así como la Empresa Combinado de Componentes Electrónicos “Ernesto Che Guevara” que lo integra.
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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 12 de 16 de enero del 2001 del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, se dispuso el cambio de nombre de la Empresa Combinado de Componentes Electrónicos “Ernesto Che Guevara” por la de Empresa de Componentes Electrónicos “Ernesto Che Guevara”, con efectos a partir del 1 ro de octubre del 2000.
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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 96 de 8 de mayo del 2001 del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones se precisó el objeto empresarial de la Empresa de Componentes Electrónicos “Ernesto Che Guevara”, en forma abreviada CCE, integrada a la entidad denominada Grupo de la Electrónica, subordinada al Ministerio de la Informática y las Comunicaciones.
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POR CUANTO: El Ministerio de Economía y Planificación mediante la Resolución No. 681 de 8 de diciembre del 2002, modificó el objeto empresarial de la Empresa de Componentes Electrónicos “Ernesto Che Guevara”, integrada al Grupo de la Electrónica, subordinado al Ministerio de la Informática y las Comunicaciones.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Precisar el objeto empresarial de la Empresa de Componentes Electrónicos “Ernesto Che Guevara”
- integrada al Grupo de la Electrónica, subordinado al Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, siendo en lo sucesivo el siguiente:
- • Producir, ensamblar, montar y comercializar de forma mayorista componentes, dispositivos, equipos, accesorios y sistemas electrónicos, magnéticos y de tratamientos de fluidos y para la automatización, en ambas monedas al sistema del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones y a terceros.
- • Brindar servicios de montaje de sistemas electromecánicos vinculados a la informática, la electrónica y las comunicaciones, en ambas monedas, al sistema del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones y a terceros.
- • Brindar servicios de alquiler de locales a entidades estatales, sociedades mercantiles 100% cubanas, en moneda nacional y a empresas mixtas y privadas, en moneda libremente convertible.
- • Prestar servicios de asistencia técnica de los equipos, accesorios y sistemas que producen, en moneda nacional, al sistema del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones y a terceros.
- • Ofrecer servicios de garantía y posventa de los equipos, accesorios y sistemas que producen, en ambas monedas, al sistema del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones y a terceros.
- • Prestar servicios técnicos de proyección, diseño e instalación de sistemas tecnológicos de módulos fotovoltaicos, de tratamiento y acondicionamiento magnético, de equipos de respaldo eléctrico y de otras producciones de la empresa, en ambas monedas, al sistema del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones y a terceros.
- • Producir y comercializar de forma mayorista productos vinculados a la energía alternativa, en ambas monedas, al sistema del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones y a terceros.
- • Ofrecer servicios de comedor y cafetería en moneda nacional a sus trabajadores.
- • Ofrecer servicios de transportación de cargas por vía automotor, al sistema del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, en ambas monedas y a terceros en moneda nacional, en coordinación con los Centros de Cargas Provinciales en los retornos para aprovechar las capacidades eventualmente disponibles y sin realizar nuevas inversiones con este propósito.
- • Brindar servicios de transportación de sus trabajadores y de pasajeros al retorno en moneda nacional.
- • Brindar servicios de alojamiento no turístico y gastronómicos asociados a éste en moneda nacional al sistema del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones.
- • Comercializar de forma mayorista y en ambas monedas, gases industriales e insumos excedentes del proceso productivo, así como materias primas vinculadas a la rama química, al sistema del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones y a terceros.
- • Comercializar de forma minorista los productos excedentes del autoconsumo a los trabajadores de la entidad en moneda nacional.
- • Prestar servicios de cubrimiento electroquímico a superficies metálicas, en ambas monedas al sistema del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones y a terceros.
- • Brindar servicios de alquiler de locales para actividades recreativas y gastronómicos asociados, en moneda nacional, al sistema del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones y a terceros.
- • Producir y comercializar de forma mayorista y en ambas monedas, envases y embalajes de cartón y plástico para sus producciones, al sistema del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones y a terceros.
- • Brindar servicios de litografiado e identificación de envases de cartón y plástico, en ambas monedas, al sistema del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones y a terceros.
- • Ofrecer servicios de inyección de piezas plásticas y conformado de laminado en frío, en ambas monedas, al sistema del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones y a terceros.
- • Prestar servicios de diseño, producción y comercialización de forma mayorista y en ambas monedas, de moldes y troqueles, al sistema del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones y a terceros.
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SEGUNDO: Las actividades autorizadas a cobrar en moneda libremente convertible que se efectúen entre entidades estatales, se ajustan a las disposiciones vigentes al respecto.
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TERCERO: La presente Resolución surte efectos legales a partir del 1 ro. de octubre del 2002.
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CUARTO: Derogar expresamente la Resolución No. 96 de 8 de mayo del 2001 del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones y cuantas disposiciones jurídicas de igual o inferior jerarquía se opongan a lo que por la presente se dispone.
COMUNIQUESE la presente Resolución a los Ministerios de Economía y Planificación y de Trabajo y Seguridad Social; a los Viceministros, a las Direcciones Ministeriales de Perfeccionamiento Empresarial y Recursos Humanos, al Grupo de la Electrónica, a la Empresa de Componentes Electrónicos “Ernesto Che Guevara” y a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocerla.
ARCHIVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Dada en la ciudad de La Habana, a los 22 días del mes de enero del 2003.
Ignacio González Planas
Ministro de la Informática
y las Comunicaciones
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