Resolución 17
La Resolución 17 del Ministerio de Comunicaciones regula la emisión de postales para conmemorar el Día Internacional de la Mujer. Establece la creación y circulación de un millón de tarjetas postales franqueadas con motivos alegóricos a la fecha.
- Se emiten 1 000 000 de tarjetas postales franqueadas con valor de venta al público de 1 peso cubano.
- Los enteros postales son válidos solo en territorio nacional.
- Debido ser utilizadas para otros países, deben llevar la tarifa vigente para el lugar de destino.
- El Grupo Empresarial Correos de Cuba se encarga de señalar el primer día de circulación y distribución.
Texto íntegro
GOC-2020-168-O17 RESOLUCIÓN 17
POR CUANTO: El Acuerdo 8151 del Consejo de Ministros, de 22 de mayo de 2017, en su apartado Primero, numeral Quince, establece que el Ministerio de Comunicaciones tiene la función específica de regular y controlar la emisión, distribución, circulación, vigencia, valor facial, y demás características de las especies postales.
POR CUANTO: La Resolución 230 del Ministro de Comunicaciones, de 27 de di-ciembre de 2019, aprueba el Plan de Emisiones Postales para el año 2020, entre las que se encuentra, en el apartado segundo, numeral 1, el entero postal destinado a conmemorar el Día Internacional de la Mujer.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba;RESUELVOPRIMERO: Que se confeccionen y pongan en circulación un total de un millón (1 000 000) de tarjetas postales franqueadas por el Día Internacional de la Mujer, que represen-tan motivos alegóricos a la fecha, con valor de venta al público de un (1) peso cubano, las que se realizan con un sello impreso para las diez (10) vistas multicolores.
SEGUNDO: Estos enteros postales son válidos para su entrega especial, única y exclu-sivamente en el territorio nacional. En caso de ser utilizadas para otros países, deben lle-var la cantidad complementaria hasta completar la tarifa vigente para el lugar de destino.
TERCERO: Que el Grupo Empresarial Correos de Cuba, señale el primer día de circu-lación y distribución de esta emisión, en las cantidades necesarias a todas las unidades de correos del país, y vele por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone. COMUNÍQUESE al presidente del Grupo Empresarial Correos de Cuba y a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocerla.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 27 días del mes de enero de 2020.Jorge Luis Perdomo Di-Lella
450 GACETA OFICIAL 4 de marzo de 2020 CULTURA