Resolución 17

Traspaso de concesión de explotación y procesamiento de mineral caliza

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2023-02-16
Publicada en
Gaceta No. 20 Ordinaria de 2023 (2023-02-23)
Páginas
7
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

Esta resolución regula el traspaso de una concesión de explotación y procesamiento de mineral caliza, emitida por el Ministerio de Energía y Minas.

Texto íntegro

GOC-2023-180-O20 RESOLUCIÓN 17/2023

POR CUANTO: La Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, establece en el Capítulo IX,

Artículo 49, que los traspasos de los derechos mineros los autoriza el otorgante de las concesiones mineras.

POR CUANTO: Mediante la Resolución 25, de 12 de enero de 2000, del Ministro de la Industria Básica, se otorgó a la Empresa de Construcción y Montaje Granma, integrada posteriormente a la Empresa de Servicios Técnicos Industriales, la concesión de explotación y procesamiento denominada Botichino, ubicada en el municipio de Jiguaní de la provincia de Granma, con una extensión de cuatro punto noventa y ocho (4.98) hectáreas, con el objeto de explotar y procesar el mineral caliza, por un término de veinticinco (25) años, para su utilización en la industria azucarera.

POR CUANTO: La Empresa de Servicios Técnicos Industriales, ha solicitado el traspaso de la concesión de explotación señalada en el Por cuanto anterior a favor de la Empresa Provincial Productora de Materiales de Construcción Granma.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el

Artículo 145, inciso e), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Traspasar la concesión de explotación y procesamiento denominada Botichino, ubicada en el municipio de Jiguaní de la provincia de Granma, a favor de la Empresa Provincial Productora de Materiales de Construcción Granma.

SEGUNDO: Los términos, condiciones y obligaciones dispuestos en la Resolución 25, de 12 de enero de 2000, del Ministro de la Industria Básica, son de obligatorio cumpli-miento para el concesionario, con excepción de los que se opongan a lo establecido en elapartado anterior.NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, al Director General de la Empresa Provincial Productora de Materiales de Construcción Granma y al Director General de la Empresa de Servicios Técnicos Industriales.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 16 días del mes de febrero de 2023, “Año 65 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro