Resolución 171
La Resolución No. 171 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía española CONSIGNACIONES TRÁNSITOS Y TRANSPORTES INTERNACIONALES, S.A. El Ministerio emite esta resolución en ejercicio de sus facultades.
- Se autoriza la renovación de la Licencia de la sucursal de COTRANSA en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- El objeto de la sucursal será realizar operaciones de entidad transitaria y de mensajería internacional a través de entidades cubanas autorizadas.
- La licencia no autoriza importar y exportar directamente con carácter comercial, realizar comercio mayorista y minorista, ni distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
- El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras es responsable del cumplimiento de esta Resolución.
Texto íntegro
GOC-2019-642-O54 RESOLUCIÓN 170 de 2019
POR CUANTO: El Decreto 206 “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, de 10 de abril de 1996, establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de Licencias de las sucursales y agentes de sociedades mercantiles presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve, el expediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de la Licencia de la sucursal de la compañía española CONSIGNACIONES TRÁNSITOS Y TRANSPORTES INTERNACIONALES, S.A., en forma abreviada COTRANSA y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d) del
Artículo 145 de la Constitución de la República de CubaRESUELVOPRIMERO: Autorizar la renovación de la Licencia de la sucursal de la compañía española CONSIGNACIONES TRÁNSITOS Y TRANSPORTES INTERNACIONALES, S.A., en forma abreviada COTRANSA, en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía española CONSIGNACIONES TRÁNSITOS Y TRANSPORTES INTERNACIONALES, S.A., en forma abreviada COTRANSA en Cuba, a partir de su renovación, será la realización de operaciones correspondientes a las de una entidad transitaria y de mensajería internacional a través de las entidades cubanas autorizadas para dichas funciones.
TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de postventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior; y c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio. COMUNÍQUESE al Jefe de la Aduana General de la República; al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Comerciales, S.A., y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
1173 GACETA OFICIAL24 de julio de 2019
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los veintinueve días del mes de junio de dos mil diecinueve.Rodrigo Malmierca Díaz________________