Resolución 175/2024
La Resolución 175/2024 del Ministerio del Transporte modifica el Formulario Digital D' Viajeros, regulando la obtención anticipada de información de viajeros en frontera. La norma modifica el plazo de completamiento del formulario.
- El Formulario Digital D' Viajeros es obligatorio para viajeros con destino a la República de Cuba.
- El plazo de completamiento del formulario se amplía a 7 días naturales antes del embarque.
- La Resolución modifica el Artículo Sexto de la Resolución 320/2022.
- La Resolución entra en vigor 10 días naturales después de su publicación en la Gaceta Oficial.
- Se informa a ministros y jefes de entidades relacionadas con la implementación de la Resolución.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 175/2024
POR CUANTO: El Decreto-Ley 338 “De la misión del Ministerio del Transporte”de 31 de agosto de 2016, en su Artículo Único establece que el Ministerio tiene lamisión de proponer, y una vez aprobada, dirigir y controlar la política del Estado y el Gobierno en materia de transporte por vía terrestre, marítima, fluvial, lacustre y aérea,incluyendo su infraestructura y los servicios auxiliares y conexos, para satisfacer lasnecesidades de interés público.
POR CUANTO: La utilización del Formulario Digital denominado D’ Viajeros, parala obtención anticipada de la información que le será requerida a los viajeros por las au-toridades en frontera, aprobada mediante la Resolución 320, de 4 de noviembre de 2022,dictada por quien suscribe, establece en su Artículo Sexto el completamiento del modelodentro de las cuarenta y ocho horas de antelación al proceso de embarque a la aeronavecon destino a la República de Cuba.
POR CUANTO: Como resultado de las experiencias obtenidas en el uso del Formu-lario D’ Viajeros, resulta procedente modificar el Artículo Sexto de la citada Resolución,con el fin de aumentar el término de antelación a sietedías naturales.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me ha sido conferida en el Artícu-lo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Modificar el Artículo Sexto de la Resolución 320, de 4 de noviembre de 2022,que establece la utilización del Formulario Digital denominado D’ Viajeros, para la obtenciónanticipada de la información que le será requerida a los viajeros por las autoridades en fronte-ra, el que queda redactado de la forma siguiente:
766
“Artículo Sexto: Establecer de manera obligatoria el completamiento del modelo den-tro de los siete días naturales de antelación al proceso de embarque a la aeronave condestino a la República de Cuba.”
SEGUNDO: Lo dispuesto en la presente Resolución entra en vigor a partir de los diezdías naturales posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DESE CUENTA a los ministros del Interior, del Mintur, de Salud Pública, de Rela-ciones Exteriores, de la Agricultura y de Comunicaciones, así como al jefe de la Aduana General de la República.
COMUNÍQUESE a los presidentes del Instituto de Aeronáutica Civil de Cuba y dela Corporación de la Aviación Cubana S.A.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la presente en el protocolo de resoluciones a cargo de la Dirección Jurídica del Ministerio del Transporte.
DADA en La Habana, a los 9 días del mes de diciembre de 2024.
Eduardo Rodríguez Dávila.
Ministro