Resolución 155/2005
La Resolución No. 155/2005 del Ministerio de Finanzas y Precios adiciona documentos de titulación marítima al Anexo No. 3 de la Ley No. 73, Del Sistema Tributario. Esta ley regula el impuesto sobre documentos y faculta al Ministro para modificar o incluir nuevos documentos. La resolución es emitida por la Ministra de Finanzas y Precios.
- Se adiciona el apartado 40 al Anexo No. 3 de la Ley No. 73, referente a documentos de titulación marítima expedidos por la Academia Naval 'Granma'.
- El Artículo 44 de la Ley No. 73 permite al Ministro de Finanzas y Precios modificar o incluir nuevos documentos sujetos al impuesto.
- La resolución entra en vigor el 1ro. de septiembre de 2005.
- El Decreto-Ley No. 169 faculta al Ministro para determinar la forma y moneda en que se pagarán las obligaciones tributarias.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 155/2005
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POR CUANTO: La Ley No. 73, Del Sistema Tributario, de fecha 4 de agosto de 1994, en su Título II, Capítulo IX, Artículos 41 y 42, establece un impuesto sobre documentos, al que están obligadas las personas naturales y jurídicas que soliciten u obtengan documentos gravados con este impuesto, mediante la fijación de sellos del timbre y conforme a las bases imponibles y los tipos de gravámenes, que se relacionan en el Anexo No. 3 de la propia Ley que, de acuerdo con su
Artículo 44, podrán ser modificados, o incluidos nuevos documentos, por el Ministro de Finanzas y Precios.
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POR CUANTO: El Decreto-Ley No.169, De las Normas Generales y de los Procedimientos Tributarios, de fecha 10 de enero de 1997, en su Disposición Final Tercera, inciso a), faculta al Ministro de Finanzas y Precios para determinar la forma en que se pagarán las obligaciones tributarias y en su caso, cuando condiciones específicas así lo aconsejen, el tipo de moneda en que se cumplirán dichas obligaciones.
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POR CUANTO: El Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias ha solicitado adicionar al Anexo No. 3 de la antes citada Ley No. 73 de 1994, los documentos de titulación marítima que se expiden por la Academia Naval “Granma”; siendo conveniente, ante las exigencias internacionales en el ámbito marítimo de la posesión de tales documentos por parte de la gente de mar para permanecer enrolados en buques y embarcaciones, y dado el creciente interés por la formación y titulación marítima y la revalidación cíclica de los títulos, acceder a esta solicitud.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado adoptado el 20 de junio del 2003, quien resuelve fue designada Ministra de Finanzas y Precios.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Adicionar al Anexo No. 3 de la Ley No. 73, Del Sistema Tributario, de fecha 4 de agosto de 1994, el apartado siguiente:
40. Documentos de titulación marítima expedidos por la Academia Naval “Granma”.
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SEGUNDO: Esta Resolución entra en vigor el día 1 ro. de septiembre del 2005.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República y archívese el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
Dada en la ciudad de La Habana, al primer día del mes de julio de 2005.
Georgina Barreiro Fajardo
Ministra de Finanzas y Precios
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