Resolución 178
La Resolución 178/2023 de la Aduana General de la República regula la condición de Operador Económico Autorizado. Esta resolución es emitida por el Vicejefe primero de la Aduana General de la República, según la facultad otorgada por el Decreto-Ley 162 "De Aduanas" y el Reglamento Orgánico de la Aduana General de la República.
- Otorga a 'Laboratorios AICA' la certificación como Operador Económico Autorizado con vigencia de tres años.
- La certificación se otorga tras un proceso de verificación y certificación realizado por entidades competentes.
- La Resolución entra en vigor a los treinta días de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
- La condición de Operador Económico Autorizado acredita a la empresa como confiable y segura en la cadena logística del comercio.
- La resolución se basa en el informe final del proceso de certificación remitido por la directora de Técnica Aduanera de la Aduana General de la República.
Texto íntegro
GOC-2023-637-EX54 RESOLUCIÓN 178/2023
POR CUANTO: El Decreto-Ley 162 “De Aduanas”, de 3 de abril de 1996, modificadopor el Decreto-Ley 375, de 8 de mayo de 2019, en su Disposición Final Segunda, faculta al jefe de la Aduana General de la República para dictar las normas complementarias necesarias para la mejor ejecución de lo dispuesto en ese Decreto-Ley.
POR CUANTO: El Consejo de Ministros, mediante su Acuerdo 8615, de 19 de juniode 2019, modificado por el Acuerdo 9264, de 10 de enero de 2022, emitido por el propioórgano, aprobó cambios funcionales y en la estructura organizativa del órgano central de dirección de la Aduana General de la República y, en su apartado Quinto aprueba el Reglamento Orgánico de esta institución, que en su
Artículo 17, inciso nn), establece comouna de las atribuciones y obligaciones específicas del jefe de la Aduana General de la República, la de aprobar la condición de operador económico autorizado a los importadores, exportadores, agencias de aduana, transitarios, transportistas, operadores portuarios y aeroportuarios, operadores de envíos u otros actores de la cadena logística de suministro u operadores del comercio, así como renovar, suspender, revocar o cancelar, según corresponda, la condición otorgada.
POR CUANTO: La Resolución 19, de 14 de octubre de 2002, del jefe de la Aduana General de la República, que aprobó las “Normas para el despacho aduanero de las mercancías”, tiene como objeto regular las condiciones, los trámites y las formalidades que han de cumplirse para el despacho aduanero de las mercancías de importación y exportación.
POR CUANTO: La Resolución 112, de 19 de abril de 2016, del jefe de la Aduana General de la República, establece en su apartado Primero la figura del Operador Económico Autorizado, OEA en forma abreviada, como la persona jurídica vinculada a lacadena logística del comercio, cuya condición de operador económico confiable y seguro es acreditada por la Aduana General de la República, tras un proceso de verificación y certificación realizado por entidades competentes; asimismo, en su apartado Cuarto, establece el Protocolo para la implementación y gestión del Programa Operador Económico Autorizado en la República de Cuba.
POR CUANTO: La directora de Técnica Aduanera de la Aduana General de la República, mediante el documento DTA-224, de 30 de junio de 2023, ha remitidoa la directora de Asuntos Legales de la Aduana General de la República, el informe final del proceso de certificación realizado para la obtención de la condición Operador Económico Autorizado, OEA en forma abreviada, por la empresa de capital 100 % cubano
362 GACETA OFICIAL 24 de j ulio de 2023“Laboratorios AICA”, con categoría de Empresa de Alta Tecnología, subordinada al Grupo Empresarial BIOCUBAFARMA; en cuyas conclusiones se considera que la citada entidad obtuvo evaluación satisfactoria con vistas a recibir la mencionada condición.
POR CUANTO: El Consejo de Ministros, mediante su Acuerdo 8615, de 19 de junio de 2019, aprobó cambios funcionales de estructura y composición en la Aduana Gene-ral de la República, tal y como quedó modificado por el Acuerdo 9264 de 12 de enero de 2022, en su apartado Quinto, estableció el Reglamento Orgánico de la Aduana General de la República, el que en su
Artículo 19, inciso a), dispone que el vicejefe primero, además de las atribuciones y obligaciones comunes a los vicejefes, tiene la atribución y obliga-ción específica de sustituir al jefe de la institución, cuando fuese necesario.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 42, de 16 de julio de 2018, del presidente del Consejo de Ministros, se promovió al que resuelve, para ocupar el cargo de vicejefe primero de la Aduana General de la República.RESUELVOPRIMERO: Otorgar a la empresa de capital 100 % cubano “Laboratorios AICA”, con categoría de Empresa de Alta Tecnología, subordinada al Grupo EmpresarialBIOCUBAFARMA, la certificación como Operador Económico Autorizado, cuya vigencia se extiende por el plazo de tres años, contados a partir de la fecha de entrada en vigor de esta Resolución.
SEGUNDO: La presente Resolución entra en vigor a los treinta días de su fecha depublicación en la Gaceta Oficial de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE un original en la Dirección de Asuntos Legales de la Aduana General de la República.
DADA en La Habana, a los 10 días del mes de julio de 2023.Enrique Díaz Rodríguez Vicejefe primero