Resolución 69/2005

Sobre Indicadores de Calidad del Servicio Postal

Organismo
Ministerio de la Informática y las Comunicaciones
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 42 Ordinaria de 2005 (2005-08-30)
Páginas
16–17
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La Resolución No. 69/2005 del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones regula los Indicadores de Calidad del Servicio Postal en Cuba. Establece los indicadores que la Empresa Correos de Cuba debe cumplir en el período 2006-2008. La norma es emitida por el Ministro de la Informática y las Comunicaciones.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 69/2005

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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 204 de fecha 11 de enero del 2000, cambió la denominación del Ministerio de Comunicaciones por la de Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, que desarrollará las tareas y funciones que hasta el presente realizaba el Ministerio de Comunicaciones, así como las de Informática y la Electrónica que ejecutaba el Ministerio de la Industria Sidero-Mecánica y la Electrónica.

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POR CUANTO: El Consejo de Estado de la República de Cuba, mediante Acuerdo de fecha 12 de enero del 2000, designó al que resuelve Ministro de la Informática y las Comunicaciones.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 de fecha 28 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, faculta a los Jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado; a dictar en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del organismo y sus dependencias.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 3736, de fecha 18 de julio del 2000, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece que el Ministerio de la Informática y las Comunicaciones es el organismo encargado de establecer, regular y controlar las normas técnicas y operacionales de todos los servicios postales y sistemas de comunicaciones en general, nacionales e internacionales que funcionan en el país.

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POR CUANTO: Es necesario establecer los Indicadoresde Calidad del Servicio Postal a nivel nacional que debe cumplir la Empresa Correos de Cuba en el período 2006 al 2008; con el objetivo de garantizar a los usuarios, celeridad, regularidad y confiabilidad en los servicios que le presta.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Aprobar el Plan de Indicadores de Calidad de los Servicios Postales que brindará la Empresa Correos de Cuba, en el período comprendido del 2006 al 2008; el cual se consigna en Anexo a la presente Resolución, formando parte integral de la misma.

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SEGUNDO: La Empresa de Correos de Cuba elaborará los procedimientos internos que entienda pertinente, para dar cumplimiento a los indicadores que se anexan.

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TERCERO: La Empresa Correos de Cuba, elevará el resultado del cumplimiento de los Indicadores de Calidad a la Dirección de Regulaciones y Normas, a la Dirección de Economía y a la Agencia de Control y Supervisión del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones al término de cada trimestre y el Resumen Anual en la 2 da. quincena del mes de enero del siguiente año.

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CUARTO: La Agencia de Control y Supervisión del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, queda encargada del cumplimiento de lo establecido.

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QUINTO: Derogar cuantas disposiciones jurídicas de igual o inferior jerarquía, se opongan a lo que por la presente se dispone.

COMUNIQUESE a los Viceministros, a la Dirección de Regulaciones y Normas, a la Dirección de Economía, a la Agencia de Control y Supervisión, a la Empresa Correos de Cuba (ECC) y a cuantas más personas naturales y jurídicas deban conocerla.

ARCHIVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Dada en la ciudad de La Habana, a los 22 días del mes de junio del 2005.

Ignacio González Planas

Ministro de la Informática

y las Comunicaciones

ANEXO

INDICADORES DE CALIDAD DEL SERVICIO POSTAL PARA EL PERIODO COMPRENDIDO DESDE 2006

AL 2008