Resolución 18/2024
La Resolución 18/2024 del Ministerio de Comunicaciones regula el Plan Nacional de Numeración para las telecomunicaciones en Cuba. Este plan establece un sistema de numeración uniforme de 8 dígitos para los números de abonado y define la estructura del número internacional para las telecomunicaciones públicas hacia Cuba. La resolución es emitida por el Ministerio de Comunicaciones en ejercicio de sus atribuciones como organismo rector en el sector de las telecomunicaciones.
- Aprobar un plan de numeración cerrado con un solo procedimiento de marcación para todo el país sin prefijos interurbanos.
- Aplicar un sistema de numeración uniforme de 8 dígitos para los números de abonado.
- Eliminar el prefijo de acceso '0' para larga distancia nacional y otras redes.
- Incluir la marcación del Código de Destino Nacional en todas las llamadas.
- La Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (ETECSA) implementará el plan y brindará información clara a la población.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 18/2024
POR CUANTO: El Decreto-Ley 35 “De las Telecomunicaciones, las Tecnologías dela Información y la Comunicación y el Uso del Espectro Radioeléctrico”, de 13 de abrilde 2021, establece en su
Artículo 6 inciso d), que el Ministerio de Comunicaciones comoorganismo rector en el marco del sector de las telecomunicaciones/TIC y del uso delespectro radioeléctrico ejerce las funciones específicas aprobadas en cuanto a planificar,asignar, regular y controlar los recursos de numeración telefónica.
POR CUANTO: El Decreto 321 “Concesión Administrativa a la Empresa de Teleco-municaciones de Cuba, S.A., para la prestación de servicios públicos de telecomunica-ciones”, de 4 de diciembre de 2013, establece en su
Artículo 32 que ETECSA tiene quecumplir con los planes técnicos fundamentales vigentes, y en la medida que sea necesariointroducir cambios en estos, someterlos al Ministerio de Comunicaciones para suaprobación.
POR CUANTO: La Resolución 144, de 29 de julio de 2019, del ministro de Comuni-caciones aprobó la modificación del Plan Nacional de Numeración y fue modificada suce-sivamente por las resoluciones 122, de 10 de noviembre de 2020; 139, de 15 de diciembrede 2020; 95, de 12 de julio de 2021; y 4, de 14 de marzo de 2023, todas del ministro de Comunicaciones, por lo que se hace necesario actualizar en un solo documento el Plan Nacional de Numeración y consecuentemente derogar las resoluciones antes mencionadas.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que están conferidas en el
Artículo 145,incisos d) y e), de la Constitución de la República de Cuba, en relación con el
Artículo 24,inciso I) numeral 1, del Anexo Único de la Resolución 1, de 7 de agosto de 2017, del Consejo de Ministros,
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RESUELVO
PRIMERO: Aprobar el Plan Nacional de Numeración, con base en los objetivos si-guientes:
1.Poner en vigor un plan de numeración cerrado, en el que existe un solo procedimien-to de marcación para todo el país sin el empleo de prefijos interurbanos o de acceso a otrasredes o servicios.
2. Aplicar un sistema de numeración uniforme de 8 dígitos, para los números de abo-nado, tanto para las llamadas locales como las de larga distancia nacional; así como paralas llamadas destinadas a la red de telefonía móvil.
3. Eliminar el prefijo de acceso “0” utilizado para el acceso a la larga distancia nacional y aotras redes, e incluir la marcación del Código de Destino Nacional en todas las llamadas,tanto locales como de larga distancia nacional.
SEGUNDO: La estructura del número internacional para las telecomunicacionespúblicas hacia la República de Cuba, responde a la configuración según la recomen-dación E.164 de la Unión Internacional de las Telecomunicaciones, que se expresa enel Gráfico 1 del Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución; asícomo, los códigos empleados en la numeración correspondiente a los diferentes servi-cios de telecomunicaciones.
DISPOSICIONES ESPECIALES
PRIMERA: La Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A., queda encargada deimplementar el presente Plan Nacional de Numeración y brindar previamente una infor-mación clara a la población, a través de los diferentes medios a su alcance de cada acciónque se ejecute relacionada con este.
SEGUNDA: La aplicación del presente Plan Nacional de Numeración abarca a los ter-minales propios de la red telefónica pública conmutada otorgada en concesión a la Empresade Telecomunicaciones de Cuba S.A., a todas las redes y servicios de telecomunicacionesque se interconecten o terminen en la red pública de telecomunicaciones del país, y aquellasa las que se le han asignado bloques de numeración para su funcionamiento.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA: La Dirección de Regulaciones del Ministerio de Comunicaciones proponeal que suscribe las actualizaciones del Plan que procedan, por los nuevos servicios que seintroduzcan de acuerdo a las numeraciones que actualmente aparecen como reserva en elmomento de ser emitida la presente Resolución.
SEGUNDA: La Dirección General de Comunicaciones del Ministerio de Comunica-ciones, queda encargada de controlar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Re-solución.
TERCERA: Derogar las resoluciones 144, de 29 de julio de 2019; 122, de 10 de no-viembre de 2020; 139, de 15 de diciembre de 2020; 95, de 12 de julio de 2021; y 4, de 14 de marzo de 2023, todas del ministro de Comunicaciones.
NOTIFĺQUESE al presidente ejecutivo de la Empresa de Telecomunicaciones de CubaS.A., ETECSA.
COMUNÍQUESE a los viceministros, al director general de Comunicaciones y al di-rector de regulaciones, todos del Ministerio de Comunicaciones.
ARCHĺVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.
PUBLĺQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 9 días del mes de julio de 2024.
Wilfredo González Vidal
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ANEXO ÚNICO
ESTRUCTURA DEL NÚMERO INTERNACIONAL Y CÓDIGO DE NUMERACIÓN
PARA LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
GRÁFICO 1
Número Internacional
CP = Código de País
CDN= Código de Destino Nacional (1 o 2 dígitos)
NA = Número de Abonado
NSN= Número Significativo Nacional
DA= Dígitos adicionales al CDN hasta completar los ocho (8) dígitos del NSN
Los códigos empleados para designar las provincias, así como el municipio especial Isla de la Juventud, a las que están destinadas las llamadas de larga distancia, se integranal Número de Abonado y corresponde ser discado como parte del número llamado, tantoen el caso de las llamadas locales como las de larga distancia, según se dispone en loscuadros siguientes:
CUADRO 1
CUADRO 2
El número “6” discado como primer dígito, se asigna de forma compartida a los ser-vicios red telefónica celular, así como los servicios de transmisión de datos y acceso a Internet, según el formato y destino que se establece en el cuadro siguiente:
CUADRO 3
El número “0” discado como primer dígito, se asigna a los servicios de tele discadointernacional y acceso a operadora nacional e internacional, según el formato y destinoque se establece en el cuadro siguiente:
CUADRO 4
El número “1” discado como primer dígito, se asigna a los servicios especiales, queincluyen a los servicios de urgencia, a los servicios de asistencia a abonados y otros ser-vicios, según el formato y destino que se establece en los cuadros siguientes:
CUADRO 5
CUADRO 6
CUADRO 6 a
CUADRO 7
El número “8” discado como primer dígito, se asigna a los servicios de tarifas especia-les, según el formato y destino que se establece en el cuadro siguiente:
CUADRO 8