Resolución 180
Texto íntegro
GOC-2018-835-O40 RESOLUCIÓN No. 180/2018
POR CUANTO: El 8 de mayo de 2017 fue suscrito en la ciudad de Montevideo, Uruguay, el Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 42, celebrado entre la República de Cuba y la República de Chile.
POR CUANTO: El 6 de noviembre de 2017 fue suscrito en la ciudad de Montevideo, Uruguay, el Acta de Rectificación del Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 42, celebrado entre la República de Cuba y la República de Chile.
POR CUANTO: El artículo 22 del Decreto-Ley No. 191 “De los tratados internacionales”, de 8 de marzo de 1999, autoriza al jefe del organismo responsable de la negociación de los tratados internacionales que reúnen los requisitos previstos en la citada norma legal, a disponer mediante resolución, la aprobación administrativa de dichos tratados.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del Apartado Tercero del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer la aprobación administrativa del Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 42, celebrado entre la República de Cuba y la República de Chile, del que forman parte integrante un total de seis anexos, que a continuación se relacionan, así como de su respectiva Acta de Rectificación. a) Anexo I. Preferencias otorgadas por Chile. b) Anexo II. Preferencias otorgadas por Cuba. c) Anexo III. Normas de Origen. d) Anexo IV. Reglas de Procedimiento para el Anexo No. 6 del Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 42. e) Anexo V. Código de Conducta para Procedimientos Arbitrales establecidos en el Anexo No. 6. f) Anexo VI. Facilitación y Cooperación para el Comercio de Medicamentos y Dispositivos Médicos.
SEGUNDO: Encargar a la Dirección Jurídica de este Ministerio de notificar la presente Resolución a la Dirección de Derecho Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores para el cumplimiento de las diligencias y trámites internacionales que procedan. COMUNÍQUESE la presente Resolución al Jefe de la Aduana General de la República
1081 GACETA OFICIAL5 de diciembre de 2018 de Cuba, al viceministro encargado de la atención de la Dirección de Política Comercial con América Latina y el Caribe en el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, al Director del Centro de Promoción del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera y al Presidente de la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica del Organismo.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los veintiún días del mes de mayo de dos mil dieciocho.Rodrigo Malmierca Díaz Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera________________