Resolución 182/2018
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 182/2018
POR CUANTO: Mediante el Decreto-Ley No. 301, de 9 de octubre de 2012, se crea el Ministerio de Energía y Minas como organismo de la Administración Central del Estado,encargado de proponer y, una vez aprobadas, dirigir y controlar las políticas del Estado yel Gobierno en los sectores energético, geológico y minero del país.
POR CUANTO: La Resolución No. 265, de 6 de junio de 2014, dictada por la ministrade Finanzas y Precios, faculta al que resuelve para formar, fijar y modificar los preciosdel gas licuado de petróleo (GLP) con destino a las entidades autofinanciadas, así comola tarifa de servicios de suministro a las entidades no autofinanciadas, correspondiente adicho servicio.
POR CUANTO: La Resolución No. 120, de 26 de junio de 2018, dictada por el mi-nistro de Energía y Minas, fijó la lista de precios de la subrama 07.04.00 Abastecimiento Técnico-Material, para aplicar en la Empresa Mixta Cubana de Gas S.A., correspondienteal trimestre julio-septiembre de 2018, con vigor hasta el día 30 de septiembre de 2018, porlo que resulta necesario actualizar los precios establecidos y, en consecuencia, derogar la Resolución No. 120/2018.
POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en elartículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Fijar con carácter oficial los precios que se relacionan en el Anexo Únicoa esta Resolución, que forma parte integrante de la misma, que comprende la lista de pre-cios mayoristas del gas licuado de petróleo y las tarifas de servicios de suministro de GLP,tanto a granel como embotellado, correspondientes a la subrama 07.04.00 Abastecimiento Técnico-Material, para aplicar en la Empresa Mixta Cubana de Gas S.A., los cuales seaprueban para el trimestre de octubre a diciembre de 2018, vigentes hasta el día 31 dediciembre de 2018.
SEGUNDO: Derogar la Resolución No. 120, de 26 de junio de 2018, dictada por el Ministro de Energía y Minas, por la que se fijó la lista de precios de la subrama 07.04.00 Abastecimiento Técnico-Material, para aplicar en la Empresa Mixta Cubana de Gas S.A.,correspondiente al trimestre julio-septiembre de 2018, vigentes hasta el día 30 de sep-tiembre de 2018.
TERCERO: Los precios fijados mediante la presente Resolución se aplican a partir del 1 ro. de octubre de 2018.
COMUNÍQUESE al director general de Petróleo y Gas y al director de Regulacióny Control de este Ministerio, al director general de la Unión Cuba-Petróleo y al gerentegeneral de la Empresa Mixta Cubana de Gas S.A.
DESE cuenta a la ministra de Finanzas y Precios.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de esta Resolución en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 24 días del mes de septiembre de 2018.
Raúl García Barreiro
Ministro de Energía y Minas
ANEXO ÚNICO
07.04.00 ABASTECIMIENTO TÉCNICO-MATERIALPRECIOS AL CLIENTE FINAL DEL SECTOR AUTOFINANCIADO
| DESCRIPCIÓN | UM | PRECIO USD | | - | - | - | | Gas licuado de petróleo a granel | L | 0.5382 | | Gas licuado de petróleo embotellado | kg | 1.2098 | | Nota: estos precios serán utilizados por la empresa cubana de gas S.A. | | Vigentes hasta el 31 de diciembre de 2018 |
TARIFA DE SERVICIO DE SUMINISTRO A GRANELY EMBOTELLADO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEOAL SECTOR NO AUTOFINANCIADO
| DESCRIPCIÓN | UM | PRECIO USD | | - | - | - | | Suministro de gas licuado de petróleo: |
| DESCRIPCIÓN | UM | PRECIO USD | | - | - | - | | - A granel | t | 54,82 | | - Embotellado | t | 139,77 | | Nota: Estos precios serán utilizados por la empresa cubana de gas S.A. | | Vigentes hasta el 31 de diciembre de 2018 |
________________