Resolución 185/2018
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 185/2018
POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, estableceel procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación ycancelación de licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: La encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expe-diente incoado en virtud de la solicitud de renovación de la licencia de la sucursal de lacompañía angolana LÍNEAS AÉREAS DE ANGOLA (TAAG) y, del análisis efectuado,se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del apartado Tercero del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptadopor el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia de la sucursal de la compañíaangolana LÍNEAS AÉREAS DE ANGOLA (TAAG) en el Registro Nacional de Sucursalesy Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio dela República de Cuba.
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía angolana LÍNEAS AÉREAS DEANGOLA (TAAG) en Cuba, a partir de su renovación, será la realización de actividadescomerciales relacionadas con la transportación aérea de pasajeros, cargas y correo.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:
- a)Importar y exportar directamente con carácter comercial;
- b)realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, exceptolos servicios de posventa y garantía expresamente acordados en los contratos que amparanlas operaciones de comercio exterior;
- c)distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: La encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en lapresente Resolución.
COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Ministeriodel Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a la encargada del Registro Nacionalde Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, a la ministra de Finanzas y Precios, a la presidentadel Banco Central de Cuba, al jefe de la Aduana General de la República, al presidente dela compañía ACOREC, S.A., al director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, a lapresidenta de la compañía ETECSA, al encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losveintiún días del mes de mayo de dos mil dieciocho.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro del Comercio Exterior
y la Inversión Extranjera