Resolución 185
La Resolución 185/2021 del Ministerio de Energía y Minas anula la concesión de explotación de mineral de caliza otorgada al Complejo Agroindustrial Méjico. Esta decisión se basa en la Ley 76 de Minas de 1994 y en el incumplimiento reiterado de las obligaciones por parte del concesionario.
- La concesión anulada se refiere a la explotación de mineral de caliza en el área denominada El Progreso, en Colón, Matanzas.
- El incumplimiento incluye la no entrega del Proyecto de Explotación, Planes Anuales de Minería y otras informaciones técnico-estadísticas.
- La Oficina Nacional de Recursos Minerales recomendó la anulabilidad de los derechos mineros debido a la reincidencia en el incumplimiento.
- El Complejo Agroindustrial Méjico debe cumplir con obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales, y indemnizar por daños causados.
- La Resolución 213 de 2002, que otorgó la concesión, queda derogada.
Texto íntegro
GOC-2021-579-O66 RESOLUCIÓN 185/2021
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta ley.
POR CUANTO: La Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, establece en su
Artículo 58, inciso d, como causal de anulabilidad, para cualquier concesión minera otorgada, la reincidencia en el incumplimiento de las condiciones impuestas al momento del otorgamiento de la concesión.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 213, de 21 de mayo de 2002, del Ministro de la Industria Básica, se otorgó al Complejo Agroindustrial Méjico una concesión de explotación del mineral de caliza para su utilización en la construcción, en el área denominada El Progreso, ubicada en el municipio de Colón, provincia de Matanzas
POR CUANTO: El Complejo Agroindustrial Méjico, ha incumplido reiteradamente sus obligaciones como concesionario, relacionadas con la entrega del Proyecto de Explotación, los Planes Anuales de Minería, la información al Balance Nacional de Recursos y Reservas y otras informaciones técnico-estadísticas, emitiendo la Oficina Nacional de Recursos Minerales dictamen técnico recomendando la anulabilidad de los derechos mineros descritos en el Por Cuanto anterior, fundamentado en la reincidencia en el incumplimiento de sus obligaciones.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el
Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Anular la concesión de explotación denominada El Progreso, ubicada en el municipio de Colón, provincia de Matanzas, otorgada al Complejo Agroindustrial Méjico mediante la Resolución 213, de 21 de mayo de 2002, del Ministro de la Industria Básica.
SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: El Complejo Agroindustrial Méjico está obligado a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente; así como a indemnizar por los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.
2072 GACETA OFICIAL 16 de junio de 2021
CUARTO: Derogar la Resolución 213, de 21 de mayo de 2002, del Ministro de la Industria Básica. NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General del Complejo Agroindustrial Méjico.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 14 días del mes de junio de 2021, “Año 63 de la Revolución”.Nicolás Liván Arronte Cruz Ministro________________