Resolución 186/2018
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 186/2018
POR CUANTO: Mediante el Decreto-Ley No. 301, de 9 de octubre de 2012, se crea el Ministerio de Energía y Minas, como organismo de la Administración Central del Estado,encargado de proponer y, una vez aprobadas, dirigir y controlar las políticas del Estado yel Gobierno en los sectores energético, geológico y minero del país.
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley No. 76,“Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al extinto Ministerio de la Indus-tria Básica, hoy de Energía y Minas, para dictar cuantas disposiciones se requieran parala mejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 187, de 3 de agosto de 2004, del extinto Ministerio de la Industria Básica, le fue otorgada a la Empresa de Materiales de Construc-ción Las Tunas, una concesión de explotación en el área del yacimiento Ampliación La Canoa, ubicada en el municipio y provincia Las Tunas, con el objeto de explotar el mineralarena granitoides por un término de veinte (20) años para su utilización en la construcción.
POR CUANTO: La Empresa de Materiales de Construcción Las Tunas, ha solicitado através de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, ampliar la explotación a las arcillasdel destape del yacimiento de arenas, para su utilización y comercialización en la produc-ción de ladrillos macizos.
POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conve-niente en su dictamen recomendar al que resuelve que otorgue la ampliación y uso solici-tado teniendo en cuenta la necesidad de este mineral en la construcción.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en elartículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar a la Empresa de Materiales de Construcción Las Tunas ampliarla explotación a las arcillas del destape que se encuentra en la concesión de explotacióndenominada Ampliación La Canoa, ubicada en el municipio y provincia de Las Tunas,para su utilización y comercialización en la producción de ladrillos macizos.
SEGUNDO: A la ampliación que se autoriza le son de aplicación los términos y dis-posiciones contenidas en la Resolución No.187, de 3 de agosto de 2004, del extinto Mi-nisterio de la Industria Básica, que no se opongan a lo resuelto en la presente Resolución.
TERCERO: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y aldirector general de la Empresa de Materiales de Construcción Las Tunas.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 2 días del mes de octubre de 2018.
Raúl García Barreiro
Ministro de Energía y Minas
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FINANZAS Y PRECIOS