Resolución 186
La Resolución 186 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía española PINTURAS ISAVAL, S.L. en Cuba. La resolución establece el procedimiento y condiciones para la renovación de la licencia.
- Se autoriza la renovación de la licencia de la sucursal de PINTURAS ISAVAL, S.L. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- El objeto de la sucursal será la realización de actividades comerciales relacionadas con mercancías específicas (capítulos 32, 38, 39, 59, 76, 82, 84 y 96).
- La licencia no autoriza la importación y exportación directa con carácter comercial, comercio mayorista y minorista en general, ni la distribución y transporte de mercancías en el territorio nacional.
- El encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras es responsable del cumplimiento de la resolución.
Texto íntegro
GOC-2019-665-O55 RESOLUCIÓN 186 de 2019
POR CUANTO: El Decreto 206 “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, de 10 de abril de 1996, establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de licencias de las sucursales y agentes de sociedades mercantiles presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve, el expediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de la licencia de la sucursal de la compañía española PINTURAS ISAVAL, S.L. y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR CUANTO: El artículo 33 del Decreto-Ley 67 “De Organización de la Administración Central del Estado”, de 19 de abril de 1983, establece que los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado podrán ser temporalmente sustituidos, cuando fuere necesario, por el viceministro primero de estos.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 234, del Presidente del Consejo de Ministros, de 15 de agosto de 2013, fue designado el que resuelve, viceministro primero del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d) del artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía española PINTURAS ISAVAL, S.L. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de
1203 GACETA OFICIAL1 de agosto de 2019 Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía española PINTURAS ISAVAL, S.L. en Cuba, a partir de su renovación, será la realización de actividades comerciales relacionadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en documento anexo.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior; y c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. NOTIFIQUESE al encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba por conducto de la directora jurídica del Ministerio. COMUNÍQUESE al jefe de la Aduana General de la República, al presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Comerciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil diecinueve.Antonio. L. Carricarte Corona Ministro a.i.
1204 GACETA OFICIAL 1 de agosto de 2019 Ane Xo iNOmENCLATURA DE PRODUCTOS APROBADA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES COmERCIALES A LA SUCURSAL PINTURAS ISAVAL, S.L. Descripción Capítulo 32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas Capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas Capítulo 59 Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas; artículos técnicos de materia textil Capítulo 76 Aluminio y sus manufacturas Capítulo 82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común; partes de estos artículos, de metal común Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos Capítulo 96 Manufacturas diversas________________