Resolución 188

Renovación de licencia de sucursal de la compañía estonia eLeCtroAir trADe oÜ

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 59 Ordinaria de 2018 (2018-12-20)
Páginas
3–5
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La Resolución No. 188 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la renovación de la licencia de sucursal de la compañía estonia eLeCtroAir trADe oÜ. Esta resolución es emitida por el Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, Rodrigo Malmierca Díaz.

Texto íntegro

resol Uci Ón no. 188/2018 Por CUAnto: el Decreto no. 206, de 10 de abril de 1996, “reglamento del registronacional de sucursales y Agentes de sociedades mercantiles extranjeras”, establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de licencias presentadas ante dicho registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la república de Cuba. Por CUAnto: La encargada del registro nacional de sucursales y Agentes desociedades mercantiles extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de la licencia de la sucursal de la compañía estonia e LeCtro Air trADe oÜ y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada. Por t Anto: en ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del apartado tercero del Acuerdo no. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité ejecutivo del Consejo de ministros,r e s u e l v o :Primero: Autorizar la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía estoniae LeCtro Air trADe oÜ en el registro nacional de sucursales y Agentes de sociedadesmercantiles extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la república de Cuba.seGUn Do: el objeto de la sucursal de la compañía estonia e LeCtro Air trADe oÜ en Cuba, a partir de su renovación, será la realización de actividades comerciales relacionadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en el Anexo no. 1 que forma parte integrante de la presente resolución.ter Cero: La licencia que se otorgue al amparo de la presente resolución no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) importar y exportar directamente con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de posventa y garantía expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior; c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional. CUArto: La encargada del registro nacional de sucursales y Agentes de sociedadesmercantiles extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

1780 Gaceta o Ficial 20 de diciembre de 2018 Com UnÍQUese a los viceministros, directores generales y directores del ministerio del Comercio exterior y la inversión extranjera, a la encargada del registro nacional de sucursales y Agentes de sociedades mercantiles extranjeras adscrito a la Cámara de Comercio de la república de Cuba, a la ministra de Finanzas y Precios, a la presidenta del Banco Central de Cuba, al jefe de la Aduana General de la república, al presidente de la compañía ACoreC, s.A., al director de la Dirección de inmigración y extranjería, a la presidenta de la compañía ete CsA, al encargado del registro nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.ArCHÍVese el original de la misma en la Dirección Jurídica de este ministerio.

DADA en La Habana, ministerio del Comercio exterior y la inversión extranjera, al primer día del mes de junio de dos mil dieciocho.rodrigo malmierca Díazministro del Comercio exterior y la inversión extranjera Anexo no. 1 nomenclat Ura De ProDUctos a Utori ZaDos a reali Zaractivi DaDes comerciales a electroair tra De oÜ Descripción Capítulo 26 minerales metalíferos, escorias y cenizas Capítulo 27 Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales Capítulo 72 Fundición, hierro y acero Capítulo 73 manufacturas de fundición, hierro o acero Capítulo 74 Cobre y sus manufacturas Capítulo 75 níquel y sus manufacturas Capítulo 76 Aluminio y sus manufacturas Capítulo 77 (reservado para una futura utilización en el sistema Armonizado) Capítulo 78 Plomo y sus manufacturas Capítulo 79 Cinc y sus manufacturas Capítulo 80 estaño y sus manufacturas Capítulo 81 Los demás metales comunes; cermets; manufacturas de estas materias Capítulo 82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común; partes de estos artículos, de metal común Capítulo 83 manufacturas diversas de metal común Capítulo 84 reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos Capítulo 85 máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos Capítulo 86 Vehículos y material para vías férreas o similares, y sus partes; aparatos mecánicos (incluso electromecánicos) de señalización para vías de comunicación Capítulo 87 Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres; sus partes y accesorios Capítulo 88 Aeronaves, vehículos espaciales y sus partes Capítulo 89 Barcos y demás artefactos flotantes

1781 Gaceta o Ficial 20 de diciembre de 2018 Descripción Capítulo 90 instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos Capítulo 91 Aparatos de relojería y sus partes Capítulo 92 instrumentos musicales; sus partes y accesorios ________________