Resolución 189

Otorgar el Reconocimiento "Libre de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAO)"

Organismo
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente
Fecha emisión
2018-09-12
Publicada en
Gaceta No. 61 Ordinaria de 2018 (2018-12-24)
Páginas
4–5
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La Resolución No. 189 regula el otorgamiento del Reconocimiento 'Libre de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAO)' a entidades que eliminan dichas sustancias. La emite el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

Texto íntegro

GOC-2018-1182-O61 RESOLUCIÓN No. 189/2018

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114 de fecha 29 de septiembre de 2003, modificada por la Resolución No. 171 de 1 ro. de diciembre de 2006, ambas del Titular de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, se estableció en su Apartado Primero inciso c), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAO)”.

POR CUANTO: La Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No.16, perteneciente a la Organización Superior de Dirección Empresarial (OSDE) Cubacons, del Ministerio de la Construcción, ha demostrado los esfuerzos realizados en función de eliminar las sustancias agotadoras de la capa de ozono (SAO), como vía para lograr estadios superiores en la gestión ambiental, a través de la sustitución de los refrigerantes R-22, acreditando que en la entidad no existen equipos con contenidos de Hidroclorofluorocarbonos y el compromiso de no utilización de las sustancias agotadoras de la capa de ozono, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.

POR CUANTO: La entidad mencionada ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAO)”, documentación que ha sido verificada y certificada por la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la provincia de Holguín, en correspondencia con los procedimientos establecidos en la legislación.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me ha sido conferida por el inciso a) del artículo 100 de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :ÚNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAO)”, a la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No.16, perteneciente a la Organización Superior de Dirección Empresarial (OSDE) Cubacons, del Ministerio de la Construcción. NOTIFÍQUESE la presente, por intermedio del Director de la Oficina Técnica de Ozono, a la Directora General de la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No.16, perteneciente a la Organización Superior de Dirección Empresarial (OSDE) Cubacons, del Ministerio de la Construcción. COMUNÍQUESE al Viceministro que atiende la esfera de medio ambiente, a la Directora de Medio Ambiente y a la Presidenta de la Agencia de Medio Ambiente, todos del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

ARCHÍVESE en el Protocolo de Disposiciones Jurídicas de la Dirección Jurídica de este Ministerio.

1837 gACETA OFICIAL24 de diciembre de 2018

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 12 días del mes de septiembre de 2018.Elba Rosa Pérez Montoya Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente________________