Resolución 19

Derogación de concesión de investigación geológica en el área Arcilla Suroeste El Santo

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2019-03-04
Publicada en
Gaceta No. 21 Ordinaria de 2019 (2019-03-22)
Páginas
32–33
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Texto íntegro

GOC-2019-364-O21 RESOLUCIÓN 19 de 2019

POR CUANTO: De conformidad con la disposición final segunda, de la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: Ha vencido el término de tres (3) años otorgado mediante la Reso-lución 212, de 5 de diciembre de 2016, del Ministro de Energía y Minas, a la Empresa Geominera del Centro, en el área denominada Arcilla Suroeste El Santo, ubicada en el municipio de Encrucijada de la provincia de Villa Clara, para evaluar la perspectividad del sector y los recursos de arcilla existentes en el área; incurriéndose en la causal de ex-tinción de las concesiones mineras establecida en el capítulo x, artículo 60, inciso a) de la referida Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO:PRIMERO: Derogar la Resolución 212, de 5 de diciembre de 2016, del Ministro de Energía y Minas, mediante la cual se otorgó a la Empresa Geominera del Centro una con-cesión de investigación geológica, para evaluar la perspectividad del sector y los recursos

751 GACETA OFICIAL22 de marzo de 2019 de arcilla existentes en el área denominada Arcilla Suroeste El Santo, ubicada en el mu-nicipio de Encrucijada de la provincia de Villa Clara.

SEGUNDO: Declarar franca el área que abarca la concesión de investigación geológi-ca, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

TERCERO: El concesionario está obligado a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de investigación geológica, si no las hubiere aún ejecuta-do, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente en general y específicamente con la rehabilitación del área, así como indemnizar los daños o perjuicios que hayan dado lugar dichas actividades mineras realizadas. NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa Geominera del Centro.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 4 días del mes de marzo de 2019.Raúl García Barreiros Ministro de Energía y Minas