Resolución 190
La Resolución No. 190 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente otorga el Reconocimiento 'Libre de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAO)' al Hotel 'Punta Gorda'. Esta norma regula el otorgamiento de reconocimientos relacionados con la protección de la capa de ozono y es emitida por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
- El Hotel 'Punta Gorda' de Santiago de Cuba no utiliza sustancias agotadoras de la capa de ozono en sus actividades ni en los productos o servicios que oferta.
- La entidad ha solicitado y cumplido con los requisitos para el reconocimiento 'Libre de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAO)'.
- El reconocimiento se otorga según lo establecido en la Resolución No. 114 de 2003 y su modificación por la Resolución No. 171 de 2006.
- El Hotel 'Punta Gorda' pertenece al Ministerio de Turismo y está ubicado en la provincia de Santiago de Cuba.
Texto íntegro
GOC-2018-1183-O61 RESOLUCIÓN No. 190/2018
POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114 de fecha 29 de septiembre de 2003, modificada por la Resolución No. 171 de 1 ro. de diciembre de 2006, ambas del Titular de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, se estableció en su Apartado Primero inciso c), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAO)”.
POR CUANTO: El Hotel “Punta Gorda” de la provincia de Santiago de Cuba, perteneciente al Ministerio de Turismo, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta, no utiliza ninguna de las sustancias agotadoras de la capa de ozono, ni equipos, productos y tecnologías que contengan sustancias agotadoras de la capa de ozono, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.
POR CUANTO: La entidad mencionada ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAO)”, documentación que ha sido verificada y certificada por la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la provincia de Santiago de Cuba, en correspondencia con los procedimientos establecidos en la legislación.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me ha sido conferida por el inciso a) del artículo 100 de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :ÚNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAO)”, al Hotel “Punta Gorda” de la provincia de Santiago de Cuba, perteneciente al Ministerio de Turismo. NOTIFÍQUESE la presente, por intermedio del Director de la Oficina Técnica de Ozono, a la Directora General del Hotel “Punta Gorda” de la provincia de Santiago de Cuba, perteneciente al Ministerio de Turismo. COMUNÍQUESE al Viceministro que atiende la esfera de medio ambiente, a la Directora de Medio Ambiente y a la Presidenta de la Agencia de Medio Ambiente, todos del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
ARCHÍVESE en el Protocolo de Disposiciones Jurídicas de la Dirección Jurídica de este Ministerio.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 12 días del mes de septiembre de 2018.Elba Rosa Pérez Montoya Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente
1838 gACETA OFICIAL 24 de diciembre de 2018