Resolución 192

Renovación de Licencia a la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 17

Organismo
Ministerio de la Construcción
Fecha emisión
2015-04-21
Publicada en
Gaceta No. 23 Ordinaria de 2015 (2015-05-18)
Páginas
17–18
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Resumen generado por IA

La Resolución No. 192 del Ministerio de la Construcción renueva la licencia a la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 17 para ejercer como constructor en Cuba. La renovación fue solicitada por la empresa y evaluada por la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

Texto íntegro

Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

POR CUANTO: La Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 17, del Ministerio de la Construcción en la provincia de Holguín, ha solicitado la Renovación de la Licencia No. 012/98, vigente hasta el 11 de junio de 2015, la que fue anteriormente renovada mediante la Resolución No. 136 de 26 de abril de 2013, para continuar ejerciendo como Constructor.

POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 17, del Ministerio de la Construcción en la provincia de Holguín.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República,

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 17, del Ministerio de la Construcción en la provincia de Holguín, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución, la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 17, podrá ejercer como Constructor autorizada para la realización de los siguientes servicios:Alcance de los servicios autorizados: 1. Servicios de Constructor:a) Construcción civil de nuevas obras. b) Desmontaje, demolición, reconstrucción, remodelación, restauración, montaje, reparación, conservación y mantenimiento de los objetivos autorizados. c) Trabajos de pavimentación. d) Movimiento de tierras. e) Servicios de jardinería de obras. f) Servicios integrales de impermeabilización, tratamiento superficial y recubrimiento químico.

18 de mayo de 2015 GACETA OFICIAL 743 g) Dragado, corte y succión en lagunas, ríos y canales. h) Todo tipo de trabajos hidráulicos. i) Construcción de todo tipo de obras de fábrica.1.1. Tipos de Objetivos:a) Obras Viales. b) Obras de Ingeniería. c) Obras Hidráulicas. d) Obras de Arquitectura. e) Obras de la Defensa.

TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de dieciocho (18) meses, a partir del vencimiento de la vigencia de la Licencia anteriormente otorgada.

CUARTO: Esta Entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestión de la Calidad por las Normas ISO – 9000 vigentes.

QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto. NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los viceministros del Ministerio de la Construcción, y al Director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 21 días del mes de abril de 2015.René Mesa Villafaña Ministro de la ConstrucciónRESOLUCIÓN No. 191/2015

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administrador de proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el Ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la