Resolución 192/2025
La Resolución 192/2025 del Ministerio de Turismo autoriza la renovación de la licencia a CUBATUR S.A. para actuar como representante de la agencia de viajes SERVICIOS TURÍSTICOS CATMON S.A. DE C.V. en Cuba.
- Se autoriza la renovación de la licencia a CUBATUR S.A. para actuar como representante de SERVICIOS TURÍSTICOS CATMON S.A. DE C.V.
- La licencia permite servicios como asistencia a clientes, ubicación de traslados, venta de excursiones y coordinación de reservas.
- Se prohíbe a CUBATUR S.A. importar y exportar comercialmente, realizar comercio mayorista y minorista, y transportar mercancías o personas.
- La licencia es válida para los servicios específicos autorizados en la Resolución.
- El encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras vela por el cumplimiento de la Resolución.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 192/2025
POR CUANTO: El Decreto 32, de fecha 22 de febrero de 2021, “Reglamento parael establecimiento de representaciones comerciales extranjeras en Cuba”, dispone ensu artículo 19.2 y 3 que corresponde al Ministro de Turismo en su respectiva área decompetencia autorizar o denegar solicitudes de Licencia para el establecimiento de re-presentaciones extranjeras, y en su Disposición Final Segunda, regula que los jefes delos organismos de la Administración Central del Estado quedan encargados de dictar lasdisposiciones complementarias que resulten necesarias a los efectos de lo previsto en elpresente Decreto.
POR CUANTO: El Acuerdo 10006, de 25 de noviembre de 2024, establece las funcio-nes específicas del Ministerio de Turismo, y entre ellas, la prevista en su apartado Prime-ro, numeral dos, consistente en ejercer la función metodológica rectora sobre la actividadde agencias de viajes.
POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de Representaciones Comercia-les Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado apartir de la solicitud renovación de la licencia al amparo del mencionado Decreto No. 32 de la agencia de viajes CUBATUR S.A., para actuar como representante de la agencia deviajes SERVICIOS TURÍSTICOS CATMON S.A. DE C.V., del análisis efectuado se haconsiderado acceder ala solicitud formulada.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas en el inciso d),del artículo 145, de la constitución de la República de Cuba;
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia otorgada de la agencia de viajes CU-BATUR, S.A. para actuar como representante de la agencia SERVICIOS TURÍSTICOSCATMON S.A. DE C.V., en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Ex-tranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: Autorizar a la agencia de viajes cubana en su carácter de representante dela agencia de viajes, SERVICIOS TURÍSTICOS CATMON S.A. DE C.V., a partir de suinscripción a realizar los servicios siguientes:
a. Asistencia a los clientes en los puntos de embarque y desembarque;
b. ubicación de traslados;
c. realización de las reuniones de información;
d. venta de excursiones y opcionales;
e. servicios de coordinación y reservas a través de la central de reservas de la agenciade viajes nacional que la represente;
f. formalización o ejecución de pólizas de seguro turístico;
g. reconfirmación de reservas aéreas;
h. realizar todos los trámites requeridos para la acreditación de directivos extranjeros;
i. disponer del personal nacional especializado o gestionarlo a través de la entidadempleadora correspondiente;
j. disponer o gestionar los servicios de comunicación y otros medios para el montajey habilitación de sus locales de trabajo; y
k. gestionar los servicios de transporte para el desenvolvimiento de la actividad de laagencia representada y la adquisición de autos para los supervisores extranjeros.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autori-za la realización de las actividades siguientes:
a. importar y exportar directamente, con carácter comercial;
b. realizar comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, ex-cepto la venta de excursiones a sus clientes siempre que estas se realicen por sussupervisores, de acuerdo al contrato suscrito; y
c. transportar mercancías ni personas en el territorio nacional.
CUARTO: El encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Ex-tranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, queda responsabi-lizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba por conductodel Director Jurídico de este Organismo y al Director General la Agencia de Viajes CU-BATUR S.A.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE su original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
Dada en la Habana, a los 27 días del mes octubre del 2025, “Año 67 de la Revolución”.
Juan Carlos García Granda
Ministro