Resolución 195/2026

Tarifas máximas en divisas para el cobro de los servicios de trámites de la licencia comercial

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 69 Ordinaria de 2026 (2026-08-28)
Páginas
34–36
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La Resolución 195/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios regula las tarifas máximas en divisas para los servicios de trámites de la licencia comercial prestados por el Registro Central Comercial. Estas tarifas aplican a personas naturales y jurídicas, cubanas o extranjeras, que comercializan en divisas.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 195/2026

POR CUANTO: El Decreto 24 “Facultades para la aprobación de Precios y Tarifas”, del 25 de noviembre de 2020, establece la nomenclatura de productos y servicios cuyosprecios y tarifas en pesos cubanos, se fijan y modifican por el Consejo de Ministros y faculta al Ministro de Finanzas y Precios o en quien este delegue, a aprobar y modificarlos precios y tarifas de los productos y servicios que no están relacionados en su Anexo Único.

POR CUANTO: La Resolución 318, de 25 de noviembre de 2020, de la Ministra de Finanzas y Precios, establece las tarifas máximas en pesos cubanos (CUP), para los servicios que presta el Registro Central Comercial, adscrito al Ministerio del Comercio Interior.

POR CUANTO: Las transformaciones económicas y sociales aprobadas en el ámbito de la dolarización parcial en las operaciones interempresariales y comerciales, requieren establecer las tarifas máximas en divisas para el cobro de los servicios de trámites de la licencia comercial

que presta la Unidad Presupuestada con Tratamiento Especial “Registro Central Comercial”, adscrita al Ministerio de Comercio Interior, a las personas naturales y jurídicas, cubanas o extranjeras, sucursales y otras que se autoricen a comercializar en pesos cubanos.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el

Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba:RESUELVOÚNICO: Aprobar las tarifas máximas en divisas para el cobro de los servicios de trámites de la licencia comercial, que presta la Unidad Presupuestada con Tratamiento Especial “Registro Central Comercial”, adscrita al Ministerio de Comercio Interior, a las personas naturales y jurídicas, cubanas o extranjeras, sucursales y otras que se autoricen a comercializar en divisa, según se describe en el Anexo Único, que forma parte integrante de la presente Resolución.

DISPOSICIÓN FINALÚNICA: La presente Resolución entra en vigor a los siete días posteriores a su publi-cación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 24 días de agosto de 2026.Vladimir Regueiro Ale Ministro ANEXO ÚNICOTARIFAS MÁXIMAS EN DIVISAS PARA EL COBRO DE LOS SERVICIOS DE TRÁMITES DE LA LICENCIA COMERCIAL, QUE PRESTA LA UNIDAD PRESUPUESTADA CON TRATAMIENTO ESPECIAL “REGISTRO CENTRAL COMERCIAL”, ADSCRITA AL MINISTERIO DE COMERCIO INTERIOR, A LAS ENTIDADES COMERCIALIZADORAS QUE OPERAN EN DIVISAS. SERVICIO DESCRIPCIÓN TARIFA MÁXIMA EN USDAsiento de entrada Es el importe que se cobra por la entrada y tramitación del expediente en el Registro Central Comercial. 70.00 Asiento de Inscripción y Reinscripción Es el acto inicial cuando se va a realizar alguna actividad comercial, para la cual debe presentar en el Registro, los documentos establecidos en las disposiciones jurídicas que regulan la misma. 500.00 Temporales Documento acreditativo por un término no mayor de 30 días, motivado por ventas promocionales, estudios de mercados, ferias, entre otras causas, establecidas en las disposiciones jurídicas que regulan la actividad. 200.00 Actualización Es la solicitud de modificación de la inscripciónpor parte del titular, teniendo en cuenta los cambios en cuanto a dirección, actividad o giro comercial u otras causales establecidas. 370.00

SERVICIO DESCRIPCIÓN TARIFA MÁXIMA EN USDDuplicado Solo procede para los casos de pérdida o deterioro del documento original. 450.00 Certificaciones Comprende la emisión de certificaciones de losasientos registrales enunciados anteriormente. Seexcluyen certificaciones por solicitud oficial a pro-pósito de investigaciones fiscales o auditorías.260.00 COMERCIO INTERIOR