Resolución 196/2005

Sobre el Sistema Salarial y Calificadores de Ocupaciones

Organismo
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Fecha emisión
2005-12-30
Publicada en
Gaceta No. 26 Extraordinaria de 2006 (2006-08-18)
Páginas
6–7
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La Resolución No. 196/2005 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula el Sistema Salarial y aprueba los Calificadores de Ocupaciones para la Industria Eléctrica del Ministerio de la Industria Básica. Estos calificadores clasifican ocupaciones y cargos técnicos según su complejidad y requisitos. La resolución fue emitida por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 196/2005

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba, de 22 de octubre de 1999, el que suscribe fue designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 1994, establece entre las atribuciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, la de dictar resoluciones en el límite de sus facultades y competencia.

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POR CUANTO: Conforme al Acuerdo No. 4085 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 2 de julio del 2001, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, es el organismo encargado de proponer, dirigir, controlar y evaluar, sistemáticamente, la política del Estado y el Gobierno en materia laboral, salarial, de seguridad y protección en el trabajo y de prevención, atención y seguridad social.

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POR CUANTO: Se ha elaborado un Sistema Salarial basado en el principio de distribución socialista “de cada cual según su capacidad, a cada cual según su trabajo”, orientando que el salario se convierta en el principal estímulo material que reciba el trabajador por su aporte a la sociedad.

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POR CUANTO: Para la aplicación del Sistema Salarial se han confeccionado con la activa participación de los organismos, la Central de Trabajadores de Cuba y los Sindicatos Nacionales nuevos calificadores de cargos y ocupaciones, para lo cual se revisaron más de 10 mil cargos de los calificadores vigentes y se rediseñaron en menos de 5 mil cargos de amplio perfil, lo que contribuirá al mejoramiento de la eficacia de la producción y los servicios.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Aprobar los Calificadores de Ocupaciones de Operarios, y de Cargos Técnicos, de la actividad de la Industria Eléctrica del Ministerio de la Industria Básica, cuyas denominaciones, descripciones de las funciones o tareas principales, grupos de complejidad y requisitos aparecen en el anexo de la presente Resolución.

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SEGUNDO: La descripción de las funciones o tareas principales y requisitos de los cargos y ocupaciones que integran los Calificadores que por la presente se aprueba, son los que obran archivados en la Dirección de Trabajo y Estimulación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

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TERCERO: El Calificador que por la presente Resolución se aprueba tiene vigencia por un año a partir de su fecha.

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CUARTO: Facultar al Viceministro correspondiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que dicte las disposiciones complementarias que se requieran para la mejor aplicación de lo que por la presente Resolución se establece, así como para modificar, de resultar necesario, la denominación, descripción de las funciones y requisitos de los cargos y ocupaciones, a solicitud del Jefe del Organismo y el Sindicato Nacional correspondiente.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

Dada en Ciudad de La Habana, a los 30 días del mes de diciembre de 2005.

Alfredo Morales Cartaya

Ministro de Trabajo

y Seguridad Social

RELACION DE OPERARIOS RAMALES

Agrupación por Grupos de Complejidad

GRUPO IV

Mecánico “C” de Mantenimiento a Centrales Eléctricas

GRUPO VI

Electricista “B” de Mantenimiento a Centrales Eléctricas y Subestaciones

Electricista “B” Operador de Turbinas de Gas

Mecánico “B” de Equipos Eléctricos y Telecomunicaciones

Mecánico “B” de Sistemas y Equipos de Automatización

Mecánico “B” de Sistemas e Instrumentos de Medición de

Magnitudes Eléctricas

Mecánico “B” Operador de Turbinas de Gas

Mecánico “B” de Mantenimiento a Centrales Eléctricas

Operador de Planta de Producción de Hidrógeno y Oxígeno

Operario “B” de Equipos de Protección Eléctrica

GRUPO VIII

Electricista “A” de Mantenimiento a Centrales Eléctricas y Subestaciones

Electricista “A” Operador de Turbinas de Gas

Mecánico “Ade Equipos Electrónicos y Telecomunicaciones

Mecánico “A” de Sistemas y Equipos de Automatización

Mecánico “A” de Sistemas e Instrumentos de Medición de Magnitudes Eléctricas

Mecánico “A” Operador de Turbinas de Gas

Mecánico “A” de Mantenimiento a Centrales Eléctricas

Operario “A” de Equipos de Protección Eléctrica

RELACION DE TECNICOS RAMALES

Agrupación por Grupos de Complejidad

GRUPO VIII

Técnico “C” en Calderas, sus Componentes y Agregados

Técnico “C” en Control de Metales y Soldadura de Alta Presión

Técnico “C” de Comunicaciones y Telecontrol

Técnico “C” en Turbinas, sus Componentes y Agregados

GRUPO X

Técnico “B” en Calderas, sus Componentes y Agregados

Técnico “B” en Control de Metales y Soldadura de Alta Presión

Técnico “B” de Comunicaciones y Telecontrol

Técnico “B” en Turbinas, sus Componentes y Agregados

GRUPO XI

Técnico “A” en Calderas, sus Componentes y Agregados

Técnico “A” en Control de Metales y Soldadura de Alta Presión

Técnico “A” de Comunicaciones y Telecontrol

Técnico “A” en Turbinas, sus Componentes y Agregados

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