Resolución 466/2022

Autorización de inscripción de oficina de representación de BEIJING ENTERPRISES CITY DEVELOPMENT GROUP LIMITED

Organismo
Ministerio de Turismo
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 132 Ordinaria de 2022 (2022-12-26)
Páginas
10–11
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La Resolución 466/2022 del Ministerio de Turismo autoriza la inscripción de la oficina de representación de la compañía china BEIJING ENTERPRISES CITY DEVELOPMENT GROUP LIMITED en Cuba. La resolución se emite según el Decreto 32 "Reglamento para el establecimiento de representaciones comerciales extranjeras en Cuba".

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 466/2022

POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento derepresentaciones comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establecelas regulaciones generales para la solicitud de autorización, inscripción, modificacióny cierre de las oficinas de representación, sucursales y los contratos de agencia y derepresentación en la República de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado, en virtudde la solicitud de inscripción de la oficina de representación de la compañía china BEIJINGENTERPRISES CITY DEVELOPMENT GROUP LIMITED y, del análisis efectuado, seha considerado acceder a la solicitud formulada.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del

Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañía chinaBEIJING ENTERPRISES CITY DEVELOPMENT GROUP LIMITED en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comerciode la República de Cuba.

SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía chinaBEIJING ENTERPRISES CITY DEVELOPMENT GROUP LIMITED en Cuba, a partirde su inscripción, es negociar y ejecutar proyectos de remodelación de hoteles y desarrollosinmobiliarios.

TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:

a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;

b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, exceptolos servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos queamparan las operaciones de comercio internacional;

c) emitir facturas comerciales; ni

d) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigorde la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado

Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará eldesistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente,el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederáal archivo del expediente incoado.

NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.

COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Comerciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Direcciónde Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losquince días del mes de diciembre de dos mil veintidós, “Año 64 de la Revolución”.

Rodrigo Malmierca Díaz

Ministro

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