Resolución 185
La Resolución regula la extinción de permisos y concesiones mineras otorgadas por el Ministerio de la Industria Básica. La Ley 76, Ley de Minas, de 1995, establece la política minera en Cuba y faculta a este ministerio a disponer la extinción de dichos permisos y concesiones. El Ministro de la Industria Básica, Marcos Portal León, emite esta resolución en uso de sus facultades.
- Extinción del permiso de reconocimiento otorgado a la Empresa Geominera Habana–Matanzas (Resolución No. 228 de 2000).
- Extinción del permiso de reconocimiento otorgado a la Empresa Geominera Pinar del Río (Resolución No. 262 de 1999).
- Extinción de la concesión de explotación otorgada a la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 15 (Resolución No. 177 de 1999).
- Extinción de la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera Isla de la Juventud (Resolución No. 408 de 1999).
- Extinción de la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera del Centro (Resolución No. 394 de 1999).
- Declaración de terrenos francos para nuevas solicitudes mineras.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 185
POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de los permisos de reconocimiento que hubiera otorgado.
POR CUANTO: Ha vencido el término del permiso de reconocimiento otorgado a la Empresa Geominera Habana– Matanzas mediante la Resolución No. 228 de 15 de agosto del 2000, del que resuelve, para la comprobación de estudios anteriores en el área denominada Arcilla Refractaria Habana – Matanzas.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer la extinción del permiso de reconocimiento otorgado mediante Resolución No. 228 de 15 de agosto del 2000, del que resuelve, a la Empresa Geominera Habana–Matanzas, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Arcilla Refractaria Habana– Matanzas.
SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba el permiso de reconocimiento, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa Geominera Habana–Matanzas, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgado el permiso de reconocimiento si no las hubiere aún ejecutado, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Se deroga la Resolución No. 228 de 15 de agosto del 2000, del que resuelve, que otorgó del permiso de reconocimiento a la Empresa Geominera Habana–Matanzas sobre el área denominada Arcilla Refractaria Habana– Matanzas.
QUINTO: Notifíquese a la Empresa Geominera Habana–Matanzas, a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, y a cuantas personas naturales y jurídicas proceda; y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento. Dada en Ciudad de La Habana, a los 13 días del mes de mayo del 2002.Marcos Portal León Ministro de la Industria Básica_______________RESOLUCION No. 186
POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de los permisos de reconocimiento que hubiera otorgado.
POR CUANTO: Ha vencido el término del permiso de reconocimiento otorgado a la Empresa Geominera Pinar del Río mediante la Resolución No. 262 de 18 de agosto de 1999, del que resuelve, para la verificación de trabajos anteriores en el área denominada Brooklin.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer la extinción del permiso de reconocimiento otorgado mediante Resolución No. 262 de 18 de agosto de 1999, del que resuelve, a la Empresa Geominera Pinar del Río, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Brooklin.
SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba el permiso de reconocimiento, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa Geominera Pinar del Río, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada el permiso de reconocimiento si no las hubiere aún ejecutado, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Se deroga la Resolución No. 262 de 18 de agosto de 1999, del que resuelve, que otorgó el permiso de reconocimiento a la Empresa Geominera Pinar del Río sobre el área denominada Brooklin.
QUINTO: Notifíquese a la Empresa Geominera Pinar del Río, a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, y a cuantas personas naturales y jurídicas proceda; y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento. Dada en Ciudad de La Habana, a los 13 días del mes de mayo del 2002.Marcos Portal León Ministro de la Industria Básica ________________RESOLUCION No. 187
POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.
POR CUANTO: Ha vencido el término de la concesión de explotación otorgada a la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 15 mediante la Resolución No. 177 de 9 de junio de 1999, del que resuelve, para la explotación de arena en el área del yacimiento Cantera Domínguez.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de explotación otorgada mediante Resolución No. 177 de 9 de junio de 1999, del que resuelve, a la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 15, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Cantera Domínguez.
SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba la concesión de explotación, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 15, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada la concesión de explotación si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.CUARTO: Se deroga la Resolución No. 177 de 9 de junio de 1999, del que resuelve, que otorgó la concesión de explotación a la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 15 sobre el área denominada Cantera Domínguez.
QUINTO: Notifíquese a la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 15, a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, y a cuantas personas naturales y jurídicas proceda; y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento. Dada en Ciudad de La Habana, a los 13 días del mes de mayo del 2002.Marcos Portal León Ministro de la Industria Básica______________RESOLUCION No. 188
POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.
POR CUANTO: Ha vencido el término de la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera Isla de la Juventud mediante la Resolución No. 408 de 15 de diciembre de 1999, del que resuelve, para la realización de trabajos de prospección y exploración geológica en el área denominada Cal Sierra Las Casas.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de investigación geológica otorgada mediante Resolución No. 408 de 15 de diciembre de 1999, del que resuelve, a la Empresa Geominera Isla de la Juventud, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Cal Sierra Las Casas.
SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba la concesión de investigación geológica, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa Geominera Isla de la Juventud, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada la concesión de investigación geológica si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, así como a realizar
31 de mayo de 2002 GACETA OFICIAL 677 las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Se deroga la Resolución No. 408 de 15 de diciembre de 1999, del que resuelve, que otorgó la concesión de investigación geológica a la Empresa Geominera Isla de la Juventud sobre el área denominada Cal Sierra Las Casas.
QUINTO: Notifíquese a la Empresa Geominera Isla de la Juventud, a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, y a cuantas personas naturales y jurídicas proceda; y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento. Dada en Ciudad de La Habana, a los 13 días del mes de mayo del 2002.Marcos Portal León Ministro de la Industria Básica ________________RESOLUCION No. 189
POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.
POR CUANTO: Ha vencido el término de la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera del Centro mediante la Resolución No. 394 de 1 de diciembre de 1999, del que resuelve, para la realización de trabajos de prospección y exploración geológicas en el área denominada Sagua Corralillo Sector IV.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de investigación geológica otorgada mediante Resolución No. 394 de 1 de diciembre de 1999, del que resuelve, a la Empresa Geominera del Centro, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Sagua Corralillo Sector IV.
SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba la concesión de investigación geológica, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa Geominera del Centro, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada la concesión de investigación geológica si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Se deroga la Resolución No. 394 de 1 de diciembre de 1999, del que resuelve, que otorgó la concesión de investigación geológica a la Empresa Geominera del Centro sobre el área denominada Sagua Corralillo Sector IV.
QUINTO: Notifíquese a la Empresa Geominera del Centro, a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, y a cuantas personas naturales y jurídicas proceda; y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento. Dada en Ciudad de La Habana, a los 13 días del mes de mayo del 2002.Marcos Portal León Ministro de la Industria Básica______________RESOLUCION No. 190
POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de los permisos de reconocimiento que hubiera otorgado.
POR CUANTO: Ha vencido el término del permiso de reconocimiento otorgado a la Empresa Geominera Camagüey mediante la Resolución No. 303 de 16 de septiembre de 1999 y prorrogado por la Resolución No. 299 de 22 de noviembre del 2000, ambas del que resuelve, para la realización de trabajos preliminares en el área denominada Cuatro–Compañeros–Guaicanamar.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer la extinción del permiso de reconocimiento otorgado mediante Resolución No. 303 de 16 de septiembre de 1999 y prorrogado por la Resolución No. 299 de 22 de noviembre del 2000, ambas del que resuelve, a la Empresa Geominera Camagüey, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Cuatro–Compañeros– Guaicanamar.
SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba el permiso de reconocimiento, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa Geominera Camagüey, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada el permiso de reconocimiento si no las hubiere aún ejecutado, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Se derogan las Resoluciones No. 303 de 16 de septiembre de 1999 y No. 299 de 22 de noviembre del 2000, ambas del que resuelve, que otorgaron y prorrogaron el permiso de reconocimiento a la Empresa Geominera Camagüey sobre el área denominada Cuatro–Compañeros– Guaicanamar.
QUINTO: Notifíquese a la Empresa Geominera Camagüey, a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, y a cuantas personas naturales y jurídicas proceda; y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.
31 de mayo de 2002 GACETA OFICIAL 678 Dada en Ciudad de La Habana, a los 13 días del mes de mayo del 2002.Marcos Portal León Ministro de la Industria Básica______________RESOLUCION No. 191
POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.
POR CUANTO: Ha vencido el término de la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera del Centro mediante la Resolución No. 396 de 1 de diciembre de 1999, del que resuelve, para la realización de trabajos de prospección y exploración geológicas en el área denominada Arcilla Sagua la Grande.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de investigación geológica otorgada mediante Resolución No.396 de 1 de diciembre de 1999, del que resuelve, a la Empresa Geominera del Centro, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Arcilla Sagua la Grande.
SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba la concesión de investigación geológica, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa Geominera del Centro, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada la concesión de investigación geológica si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Se deroga la Resolución No. 396 de 1 de diciembre de 1999, del que resuelve, que otorgó la concesión de investigación geológica a la Empresa Geominera del Centro sobre el área denominada Arcilla Sagua la Grande.
QUINTO: Notifíquese a la Empresa Geominera del Centro, a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, y a cuantas personas naturales y jurídicas proceda; y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento. Dada en Ciudad de La Habana, a los 13 días del mes de mayo del 2002.Marcos Portal León Ministro de la Industria Básica _______________RESOLUCION No. 192
POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.
POR CUANTO: Ha vencido el término del permiso de reconocimiento otorgado a la Empresa Geominera del Centro mediante la Resolución No. 3 de 4 de enero del 2000, del que resuelve, para la toma de una muestra tecnológica en el área denominada Mina Descanso.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer la extinción del permiso de reconocimiento otorgado mediante Resolución No. 3 de 4 de enero del 2000, del que resuelve, a la Empresa Geominera del Centro, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Mina Descanso.
SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba el permiso de reconocimiento, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa Geominera del Centro, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgado el permiso de reconocimiento si no las hubiere aún ejecutado, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Se deroga la Resolución No. 3 de 4 de enero del 2000, del que resuelve, que otorgó el permiso de reconocimiento a la Empresa Geominera del Centro sobre el área denominada Mina Descanso.
QUINTO: Notifíquese a la Empresa Geominera del Centro, a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, y a cuantas personas naturales y jurídicas proceda; y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento. Dada en Ciudad de La Habana, a los 13 días del mes de mayo del 2002.Marcos Portal León Ministro de la Industria Básica ________________RESOLUCION No. 193
POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de los permisos de reconocimiento que hubiera otorgado.
POR CUANTO: Ha vencido el término del permiso de reconocimiento otorgado a la Empresa Geominera Pinar del Río mediante la Resolución No.332 de 5 de octubre de 1999 y prorrogado por la Resolución No.139 de 11 de abril del 2001, ambas del que resuelve, para la realización de trabajos preliminares en el área denominada La Argentífera – Los Potreros.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer la extinción del permiso de reconocimiento otorgado mediante Resolución No. 332 de 5 de octubre de 1999 y prorrogado por la Resolución No.139 de 11 de abril del 2001, ambas del que resuelve, a la Empresa Geominera Pinar del Río, para la realización de trabajos mineros en el área denominada La Argentífera – Los Potreros.
SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba el permiso de reconocimiento, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa Geominera Pinar del Río, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgado el permiso de reconocimiento si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Se derogan las Resoluciones No. 332 de 5 de octubre de 1999 y No. 139 de 11 de abril del 2001, ambas del que resuelve, que otorgaron y prorrogaron el permiso de reconocimiento a la Empresa Geominera Pinar del Río sobre el área denominada La Argentífera–Los Potreros.
QUINTO: Notifíquese a la Empresa Geominera Pinar del Río, a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, y a cuantas personas naturales y jurídicas proceda; y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento. Dada en Ciudad de La Habana, a los 13 días del mes de mayo del 2002.Marcos Portal León Ministro de la Industria Básica ____________________RESOLUCION No. 194
POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.
POR CUANTO: Ha vencido el término de la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera del Centro mediante la Resolución No. 143 de 4 de mayo del 2000, del que resuelve, para la realización de trabajos de prospección y exploración geológica en el área denominada La Ceiba.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de investigación geológica otorgada mediante Resolución No. 143 de 4 de mayo del 2000, del que resuelve, a la Empresa Geominera del Centro, para la realización de trabajos mineros en el área denominada La Ceiba.
SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba la concesión de investigación geológica, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa Geominera del Centro, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada la concesión de investigación geológica si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Se deroga la Resolución No. 143 de 4 de mayo del 2000, del que resuelve, que otorgó la concesión de investigación geológica a la Empresa Geominera del Centro sobre el área denominada La Ceiba.
QUINTO: Notifíquese a la Empresa Geominera del Centro, a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, y a cuantas personas naturales y jurídicas proceda; y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento. Dada en Ciudad de La Habana, a los 13 días del mes de mayo del 2002.Marcos Portal León Ministro de la Industria Básica ________________RESOLUCION No. 195
POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.
POR CUANTO: Ha vencido el término de la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera del Centro mediante la Resolución No. 144 de 4 de mayo del 2000 para la realización de trabajos de prospección y exploración geológica en el área denominada Arena Calabazar.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de investigación geológica otorgada mediante Resolución No. 144 de 4 de mayo del 2000, del que resuelve, a la Empresa Geominera del Centro, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Arena Calabazar.
SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba la concesión de investigación geológica, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa Geominera del Centro, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle
31 de mayo de 2002 GACETA OFICIAL 680 otorgada la concesión de investigación geológica si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Se deroga la Resolución No. 144 de 4 de mayo del 2000, del que resuelve, que otorgó la concesión de investigación geológica a la Empresa Geominera del Centro sobre el área denominada Arena Calabazar.
QUINTO: Notifíquese a la Empresa Geominera del Centro, a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, y a cuantas personas naturales y jurídicas proceda; y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento. Dada en Ciudad de La Habana, a los 13 días del mes de mayo del 2002.Marcos Portal León Ministro de la Industria Básica ____________________RESOLUCION No. 196
POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de los permisos de reconocimiento que hubiera otorgado.
POR CUANTO: Ha vencido el término del permiso de reconocimiento otorgado a Geominera S.A. mediante la