Resolución 10/2016
La Resolución No. 10/2016 del Ministerio de Comunicaciones regula la emisión de tarjetas postales franqueadas para conmemorar el Día de los Enamorados. La norma es emitida por el Ministro de Comunicaciones en virtud de las atribuciones conferidas en la Constitución de la República de Cuba.
- Se confeccionan 300 000 tarjetas postales franqueadas de felicitación con motivos alegóricos al Día de los Enamorados.
- Cada tarjeta tiene un valor de venta al público de 1,00 CUP.
- Las tarjetas contarán con un sello impreso para cada una de las diez vistas multicolores.
- El Grupo Empresarial Correos de Cuba se encarga de señalar el primer día de circulación y distribuir las tarjetas a todas las unidades de correos del país.
- El Grupo Empresarial Correos de Cuba vela por el cumplimiento de lo dispuesto en la resolución.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 10/2016
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7380 del Comité Ejecutivo del Consejo de Minis-tros, de fecha 28 de febrero de 2013, en su Apartado Primero, numeral Quince, estableceque el Ministerio de Comunicaciones tiene la función específica de regular y controlarla emisión, distribución, circulación, vigencia, valor facial y demás características de lasespecies postales.
POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 180, de fecha 13 de julio de 2015, del Ministro de Comunicaciones, que aprobó el plan de emisiones postales para el año 2016,establece en su Apartado Tercero que podrán presentarse para su aprobación otras emisio-nes postales que no se encuentren contempladas en la referida Resolución, siempre que laimportancia y trascendencia lo amerite, por lo que resulta procedente aprobar la destinadaa conmemorar el “Día de los Enamorados”.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas, en el artículo 100 incisoa), de la Constitución de la República de Cuba;
R e s u e l v o :
PRIMERO: Que se confeccionen y pongan en circulación trescientas mil (300 000)tarjetas postales franqueadas de felicitación para conmemorar el “Día de los Enamo-rados”, que representan motivos alegóricos a la fecha, con valor de venta al público de 1,00 CUP, las que se realizarán con un sello impreso para cada una de las diez (10) vistasmulticolores.
SEGUNDO: Que el Grupo Empresarial Correos de Cuba señale el primer día de circula-ción de esta emisión, distribuyendo las cantidades necesarias a todas las unidades de correosdel país, el cual queda encargado de velar por el cumplimiento de lo que por la presente sedispone.
COMUNÍQUESE al presidente del Grupo Empresarial Correos de Cuba y a cuantaspersonas naturales y jurídicas deban conocerlas.
ARCHÍVESE el original en la dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Dada en La Habana, a los 13 días del mes de enero de 2016.
Maimir Mesa Ramos
Ministro de Comunicaciones
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