Resolución 2/2016

Sistema salarial para investigadores en el sector empresarial

Organismo
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Fecha emisión
2016-01-27
Publicada en
Gaceta No. 4 Extraordinaria de 2016 (2016-02-15)
Páginas
8–9
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La Resolución No. 2/2016 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula el sistema salarial para investigadores en el sector empresarial. Establece sueldos mensuales para diferentes cargos y categorías.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 2/2016

POR CUANTO: El reordenamiento de las entidades de Ciencia, Tecnología e Innova-ción y las transformaciones en el sistema empresarial que incluyen la conversión de cen-tros de investigación en empresas de ciencia y tecnología, requiere aprobar un tratamientosalarial para los investigadores.

POR CUANTO: La Resolución No. 201 de 15 de septiembre de 2006 del Ministro de Trabajo y Seguridad Social, establece el sistema salarial para los trabajadores de la acti-vidad de Ciencia e Innovación Tecnológica, a partir de la categoría de las unidades presu-puestadas, por lo que resulta necesario establecer el sistema salarial de los investigadoresque pasen a desarrollar su labor en el sector empresarial, a partir de la política aprobada.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me han sido conferidas en el incisoa) del artículo 100 de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :

PRIMERO: Establecer el sistema salarial de los trabajadores de la actividad de Cienciae Innovación Tecnológica que desarrollan su labor en el sector empresarial.

SEGUNDO: Aprobar para los cargos de la categoría de técnicos los sueldos mensualessiguientes:

Cargos Sueldos

Investigador Titular $525,00

Investigador Auxiliar 475,00

Investigador Agregado 440,00

Aspirante a Investigador 400,00

En las entidades subordinadas a los ministerios de Educación Superior y de Salud Pública se mantienen los salarios aprobados para estos cargos en las resolucionesnúmeros 31 de 25 de junio de 2013 y 22 de 27 de mayo de 2014, respectivamente.

TERCERO: Autorizar en las entidades empresariales que desarrollen procesos de altatecnología, debidamente certificados por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente los cargos técnicos siguientes:

Cargos Sueldos

Tecnólogo de Primer Nivel $525,00

Tecnólogo de Segundo Nivel 475,00

Tecnólogo de Tercer Nivel 440,00

Técnico Innovador de Primer Nivel 385,00

Técnico Innovador de Segundo Nivel 365,00

CUARTO: Mantener un pago adicional de 30 pesos mensuales a los trabajadores queocupan los cargos técnicos relacionados en los apartados anteriores.

QUINTO: El salario de los investigadores y tecnólogos que dirigen grupos de trabajo, sefija en un grupo de complejidad por encima del subordinado que ostente la mayor categoría.

Si el jefe de grupo ostenta la máxima categoría, el salario se fija en un grupo de com-plejidad por encima de su categoría.

SEXTO: El salario de los cuadros se establece en correspondencia con la categoría dela empresa para los que se definen los sueldos mensuales siguientes:

| Categoría de la Empresa | | - | | Cargo | I | II | III | | Director | 615 | 585 | 555 |

SÉPTIMO: El pago adicional del perfeccionamiento empresarial se rige por loestablecido en la legislación específica.

OCTAVO: Dejar sin efecto los pagos a cuadros e investigadores por su participaciónen los proyectos, los que se asumen por la aplicación de la forma de pago por rendimiento.

NOVENO: Mantener para los recién graduados que se incorporan a estas entidades yno ocupan plazas los sueldos mensuales siguientes:

- a)Para los graduados de nivel superior 290 pesos durante los dos primeros años y de 315 a partir de la fecha de cumplimiento de los 2 años hasta que ocupen el cargo de Aspirantea Investigador o sean ubicados en el cargo que corresponde.

- b)Para los graduados de nivel medio superior 250 pesos.

DÉCIMO: Autorizar de acuerdo con las características de las actividades que sedesarrollen en cada empresa los actuales cargos aprobados en los calificadores ramal ypropio del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

ARCHÍVESE el original en el protocolo de resoluciones generales de la Dirección Jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Dada en La Habana, a los 27 días del mes de enero de 2016.

Margarita M. González Fernández

Ministra de Trabajo y Seguridad Social